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 #403212  por blas
 
Estimados colegas: soy abogado desde hace año y medio aprox. y los trabajos que he hecho son civiles y bastante comercial en Rosario.
Les explico esto porque actualmente estoy ejerciendo tambien en provincia de buenos aires e ingresé una denuncia por impedimento de contacto de los hijos menores con el padre no conviviente (estoy por el padre que no puede ver a su hija). Tome el caso porque es mi mejor amigo y se que es buen padre. La edad de lña niña es de 4 meses y hace 10 días que la madre no deja que la vea, amen de que tambien ingresó una denuncia por maltrato, inexistente este, lo cual me consta. La mina es una reventada.
Mi consulta es: como ingreso al expte. de violencia en el que mi cliente es imputado (un modelo no me vendría mal), y como ingreso al de impedimento....(modelo también?
Muchas gracias y disculpen mis preguntas tan básicas