Hola, antes de todo saludos a todos uds, la verdad muy interesante el foro. Me recibi hace muy poco y me llego una consulta, pero que generó muchas dudas...el caso es el siguiente: Un conocido estaba trabajando para una empresa (todo en regla) cambió de trabajo y comunico en forma verbal a su jefe que en 2 -3 dias iba a renunciar...de buena manera se retiró.
El tema es que por alguna razon que no supo explicarme muy bien, o se olvido o no se...no envió la CD.
Pero en ese mes y el ultimo que pasó...siguen depositándole el salario...
Ahora bien, la consulta de él es que puede pasar...
corriganme si razono mal....
Si el se fué sin mandar la CV y NO LO INTIMARON a prestar tareas....tranquilamente puede seguir percibiendo el salario...la culpa recaería en el empleador (ya q nunca lo intimó a reincorporarse).
Sin embargo la falta de él es romper el deber de buena fé.
ahora bien supongamos que el su hubiese peleado con su jefe....no?
y el le hubiese dicho "no voy a renunciar rajame!" y el jefe le hubiese dicho "no te rajo...si queres irte renuncia!"...entonces sobre mi consultante recaeria el derecho de reclamar que se le asignen tareas o no.
O sea a mi se me mezclan conceptos.... en su caso se relacionan los principios de in dubio pro operario y el principio por analogia extraido de obligaciones, del que paga mal?
Gracias y espero sus respuestas...en verdad es un tema que me quema la cabeza.....lo he consultado con colegas y la verdad recibo respuestas a favor y en contra....gracias de nuevo.
El tema es que por alguna razon que no supo explicarme muy bien, o se olvido o no se...no envió la CD.
Pero en ese mes y el ultimo que pasó...siguen depositándole el salario...
Ahora bien, la consulta de él es que puede pasar...
corriganme si razono mal....
Si el se fué sin mandar la CV y NO LO INTIMARON a prestar tareas....tranquilamente puede seguir percibiendo el salario...la culpa recaería en el empleador (ya q nunca lo intimó a reincorporarse).
Sin embargo la falta de él es romper el deber de buena fé.
ahora bien supongamos que el su hubiese peleado con su jefe....no?
y el le hubiese dicho "no voy a renunciar rajame!" y el jefe le hubiese dicho "no te rajo...si queres irte renuncia!"...entonces sobre mi consultante recaeria el derecho de reclamar que se le asignen tareas o no.
O sea a mi se me mezclan conceptos.... en su caso se relacionan los principios de in dubio pro operario y el principio por analogia extraido de obligaciones, del que paga mal?
Gracias y espero sus respuestas...en verdad es un tema que me quema la cabeza.....lo he consultado con colegas y la verdad recibo respuestas a favor y en contra....gracias de nuevo.