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  • accidente por vereda rota

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #405365  por laura67
 
Hola! mi clienta se cayo y le dieron 45 dias sin trabajar. La retiro dle lugar una ambulancia e intervino la policia (o por lo menos se acerco un patrullero). Como debo proceder? Tiene ART. gracias!
 #407633  por Advocatus
 
¿cúal es la pregunta concreta?.
 #408474  por laura67
 
Concretamente no se como se hace el reclamo a la ART, la examina un medico?? entiendo que hay que optar entre demandar a la municipalidad y al frentista o a la ART, es asi??

gracias!
 #418811  por Advocatus
 
A la ART llama telefonicamente o se presenta luego de ocurrrido el accidente. La demenda a la ART es cuando no satisface la prestación o el monto indemnizatorio, previo reclamo administrativo.

Si vas a demandar por el daño, dirigilo a ambas partes.