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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #406279  por Watta
 
Buenas.

Una amiga de mi señora madre me trajo su caso por despido verbal, y si situación encuadra en el dec 326/56 de Servicio Doméstico.

Yo ya mandé TCL y me respondieron negándome y blablabla, asi que terminamos cerrando el intercambio epistolar.

Ahora necesito iniciar el reclamo ante el Servicio Doméstico.

Sé que queda en Av 25 de mayo 637, y que atienden de lunes a viernes de 9.00 a 13.00.

Ahora bien, cómo se inicia el reclamo? Alguien tiene algún modelo o requisitos?

Estoy super perdido en cuanto a la parte procesal porque nunca tuve un reclamo de estos y no le puedo decir que no a la señora. Aparte que me gustaría aprender a hacerlo.

En fin, yo la liquidación por el dec respectivo ya la hice, lo que no tengo idea es como se inicia el trámite, si alguien me puede orientar, se lo agradeceré eternamente.

Salu2!
 #406412  por casbarrog
 
hola! recientemente me entrò un caso de servicio domèstico, tampoco estoy muy al tanto pero indagando econtrè esta informaciòn que te pego a continuaciòn tal vez te dè algunas puntas, tambièn te agrego la direcciòn del sitio web del cual la obtuve y la fuente respectiva, espero te sirva.- yo recièn voy por recibir el tcl de despido directo sin causa, mi clienta està en blanco, y estoy haciendo la liquidaciòn.-
Tengo una duda: para sacar el valor dìa para las vacaciones dividis la remuneraciòn por 25? es el criterio de la LCT que sè que no rige en este caso, pero querìa consultar tu opiniòn.- Una ùltima: la despidieron el 12 de agosto, para calcular los dìas laborados hasta el distracto ¿incluyo el dìa del despido o sòlo calculo la remuneraciòn por 11 dìas?
desde ya si podès ayudarme te lo agradezco.-

Acà te dejo la informaciòn de la que te hablè, si logro adentrarme màs en el tema, no dudes que te informarè al respecto.-
Saludos
Gery
"El amor es la forma màs excelsa de locura Divina"

Personal de servicio domestico, conflictos, resolución y competencia
http://www.econoblog.com.ar/335/persona ... mpetencia/
Subido por Graciela el 25 Feb 2008 10:35 am. En la categoría Otros.

El personal doméstico está excluido de la ley de contrato de trabajo por ello no requiere de la mediación como requisito previo a la demanda (ley de conciliación laboral obligatoria)
Los conflictos individuales que surjan por relaciones de trabajo reguladas por el decreto 326/1956 se resuelven en Capital Federal en el Tribunal del Servicio Doméstico (Consejo de Servicio Doméstico - 25 de Mayo 637). El procedimiento se caracteriza por su celeridad y simplicidad, es verbal y actuado y sigue el orden de pasos de demanda, conciliación y contestación con ofrecimiento de prueba. Las resoluciones de este organismo son apelables ante el Juez Nacional de Primera Instancia del Trabajo en turno en el día de la resolución.
Para la Provincia de Buenos Aires no existe dicho Consejo, lo que habilita a los tribunales a declararse competentes como instancia única para los conflictos entre trabajadores y empleadores del servicio doméstico. Estos conflictos se rigen por la propia ley procedimental de la Provincia, que establece un procedimiento oral. Los principios en los que se basa el procedimiento son: instancia única, la concentración de la prueba no escrita en una sola audiencia y la inmediación tanto en sentido formal como en sentido material.
//www.econoblog.com.ar/335/personal-de-se ... mpetencia/
Subido por Graciela el 25 Feb 2008 10:35 am. En la categoría Otros.
 #406447  por clay
 
hola tenes que iniciar una demanda (por supuesto con una liquidacion) ahi en mesa de entradas dejas original y copias para traslado. en el momento te dicen la fecha de audinecia que si ya se regularizo todo por el tema de la gripe sera aproximadamente dentro de 20 dias. el tribunal se encarga de notificar al requerido para que se presente a la audiencia y retire copia de la demanda. Si en dia de la audiencia no llegan a un acuerdo el requerido debera presentar la contestacion de la demanda en ese acto.

UN DATO: 2 dias antes de la fecha de audiencia presentate en el tribunal y fijate si el requerido pudo ser notificado y si retiro copia de la demanda.


tal cosa mi mail es h_o_PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com. suerte
 #406489  por Watta
 
Hola.

Desde ya muchas gracias a casbarrog y clay por sus prontas respuestas y su buena onda.

Yo para las vacaciones voy a hacer eso, obtener el valor día dividiendo la remuneración mensual por 25 y multiplicarla por los días correspondientes de vacaciones.

Con respecto a los días laborados, pediría los días que efectivamente trabajó, y además la integración del mes de despido por los días que no trabajó. (por no efectivizarse el despido al finalizar el mes).

En mi caso, la señora que vino a consultarme está totalmente en negro, pero todo el barrio la conoce y puede atestiguar sin dramas que se desempeñaba como personal doméstico de su ahora ex empleadora.

Voy a ver si pongo el modelo que voy a usar yo aca, pero la verdad es que le encontré errores y los quiero corregir primero (por ej, en el escrito de demanda reclaman por la ley 24013, y no va, etc etc etc).

Apenas lo tenga lo pongo.

Salu2!
 #407046  por casbarrog
 
Hola Watta! en cuanto tengas el modelo si podès pasalo serà de gran utilidad

con respecto a la integraciòn del mes de despido tengo duda que se aplique, pues el estatuto del personal de servicio domèstico no lo menciona expresamente, habla de preaviso e indemnizaciòn apartàndose bastante de lo que es la LCT.- igual esperà opiniones no soy muy ducha en este tema pero es mi opiniòn.- (si llego a corroborar mi opiniòn y tener certeza te informo porsu)
saludos y èxitos.-
gery
El amor es la forma màs excelsa de locura Divina"
 #408186  por clay
 
casbarrog escribió:Hola Watta! en cuanto tengas el modelo si podès pasalo serà de gran utilidad

con respecto a la integraciòn del mes de despido tengo duda que se aplique, pues el estatuto del personal de servicio domèstico no lo menciona expresamente, habla de preaviso e indemnizaciòn apartàndose bastante de lo que es la LCT.- igual esperà opiniones no soy muy ducha en este tema pero es mi opiniòn.- (si llego a corroborar mi opiniòn y tener certeza te informo porsu)
saludos y èxitos.-
gery
El amor es la forma màs excelsa de locura Divina"
yo no pediria integracion mes de despido. Cuando cuando haces la liquidacion la haces con retroactividad a 2 años (prescrición).
yo en las liquidaciones que hice tuve en cuenta estos items segun el caso:

SALARIOS ADEUDADOS.
DIAS TRABAJADOS.
SAC PROPORCIONAL
INDEMNIZACION POR DESPIDO (que seria como el 245LCT. ojo!!!!! QUE ES MEDIO SUELDO POR CADA ANO O FRACCION DE 3 MESES )
VACACIONES
SAC PREAVISO
SAC INDEMNIZACION POR DESPIDO


SUERTE TAL COSA MP
 #420883  por casbarrog
 
Hola!
he terminado con el intercambio telegràfico y dado que no se ha resuelto la cuestiòn extrajudicialmente no me queda otra que ir al tribunal arbitral.-
He leìdo cada post y me ha sido de suma utilidad en todo este tiempo, y como siempre cada vez que posteo mis dudas para recibir orientaciòn.-
Tego una duda con la demanda a presentar en este tribunal: se debe pagar algùn bono por la parte trabajadora?
en segundo lugar si no arribamos a una soluciòn por esta vìa, la demanda que presento aquì es vinculante al momento de ir por la vìa judicial?
desde ya agradezco la ayuda
saludos grandes
Gery
"El amor es la forma màs excelsa de locura Divina"
 #422384  por Laurabor07
 
Hola a todos, tengo las mismas dudas... esta sra. trabaja hace 3 años, pero está registrada hace 9 meses y no puedo reclamar por la 24013 según tengo entendido, está embarazada y el dcto 326 no me habla de licencia por maternindad y la LCT excluye expresamente aplicación en el art.2. Todavía no la despidieron, quisieron si hacerle firmar una renuncia, así que me pongo ya con la planilla, alguien tendría un simulador o planilla de modelo? mi mail es lauraborgetarrobagmail punto com. muchísimas gracias! Lo q leí hasta ahora en el post me aclaro bastante el panorama...
 #508054  por Ana2009
 
Hola Watta, estoy con mi primer caso de servicio doméstico, sigo previo al intercambio telegráfico, el procedimiento laboral de Provincia de Buenos Aires ?(domic. lab. en Wilde) lugar de trabajo, en Wilde. Te pido si me podés pasar la demanda, me sería de gran utilidad, como lo son los post de este sitio, desde ya muy agradecida. Espero tu respuesta, saludos. Ana.