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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #407200  por mauritius
 
Hola Foro, les consulto lo siguiente: La AFIP inicia ejecucion fiscal a mi cliente, y le embargan la cuenta del banco, hablamos con el abogado que lleva la causa, mi cliente pagó la deuda, sus honorarios y todavía su cuenta bancaria sigue embargada.
El abogado me mostró en su sistema (del afip) que levantó el embargo, pero en el banco figura todavia vigente la medida. Afip me dice que hable con el banco y el banco que hable en afip. ¿Que deberìa hacer? Enviar CD al banco? Alguna opinión me pueden dar?
 #407216  por chiqui79
 
y en el expediente esta ordenada la medida de levantamiento???
si la afip lo diligencio que acredite el levantamiento en exp con el oficio diligenciado. Y si esta hecho con esa copia vas al banco a exigir cumplimiento de medida judicial y pedis astreintes diarias por el incumplimiento.
 #407233  por Gonzalo77
 
pedí en la afip constancia de la orden de levantamiento (lo hacen vía informática tanto la traba como el levantamiento del embargo) y se la llevas al banco personalmente. saludos.-
 #407244  por Tuiti
 
mauritius escribió:Hola Foro, les consulto lo siguiente: La AFIP inicia ejecucion fiscal a mi cliente, y le embargan la cuenta del banco, hablamos con el abogado que lleva la causa, mi cliente pagó la deuda, sus honorarios y todavía su cuenta bancaria sigue embargada.
El abogado me mostró en su sistema (del afip) que levantó el embargo, pero en el banco figura todavia vigente la medida. Afip me dice que hable con el banco y el banco que hable en afip. ¿Que deberìa hacer? Enviar CD al banco? Alguna opinión me pueden dar?
Lo que ya te contestaron está perfecto, pero yo te aconsejaría que vayas a AFIP y pidas que te entreguen una copia del pedido de levantamiento que ellos hacen a través de su sistema (que vos mencionás): Operatoria Comunicación " A " 3.970 ( B.C.R.A.)-Diligenciamiento de Oficios Judiciales-BAJA DE OFICIOS JUDICIALES.
Técnicamente, con esta comunicación on line al BCRA , este debiera comunicar inmediatamente al banco embargante que levante el mismo.
Probablemente en tu caso , el problema no sea ni de la AFIP ni del banco de tu cliente , sino del BCRA que por algún motivo "se olvidó " de comunicarlo.
El expediente seguirá su curso , pero el embargo siempre es levantado "on line" una vez pagada la deuda y los honorarios.
 #407246  por Tuiti
 
Perdón Gonzalo77 por contestar lo mismo que vos , no había visto tu post.
 #409458  por turiddu
 
Amén de las más que atinadas sugerencias que han expuesto los amigos pre/opinantes, mi sugerencia es que te contactes no ya con el Agente Fiscal, sino con el jefe de la Sección Cobranzas Judiciales de la agencia correspondiente, toda vez que - por una cuestión de reglamentación interna de AFIP - el jefe de cobranzas judiciales tiene facultades para resolver - ipso facto - el específico problema que aqueja a tu cliente. Un cordial saludo:.