Colegas les hago una pregunta, puede que resulte tonta pero es una duda. Tengo que iniciar una sucesion, los bienes del causante son dos departamentos gananciales y el 25% de 1 departamento ganancial, el 75% restante es propio de la mujer. Mi pregunta es yo en la demanda al detallar los bienes que integran el acerbo debo alcarar que lo que entra en el sucesorio es solo el 25% de este departamento o no se aclara nada y se resuelve al momento de la inscripcion.