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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #412336  por Mar15
 
Hola a todos, el caso es este: me regularon honorarios en dos causas de provincia de un mismo cliente en las cuales renuncie, en una me notifique y aun no me cancelan los honorarios, en la otra aun no me notifique, tengo q notificar a mi excliente, la cuestión es q el domicilio real de este es en la costa (lo cual seria más complicado notificar vía gestoria y no estoy segura si es realmente ese que informo en el expte), según el código debo notificar en el domicilio real pero mi pregunta es si existe la posibilidad de notificar en el domicilio donde le notificaron la demanda (domicilio fiscal, una de las causas era contra era contra el fisco) o en el domicilio constituido con su nuevo letrado? Desde ya gracias.