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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #31938  por Silvana Magagñotti
 
Hola mi nombre es Silvana y es la primera vez que uso este medio, soy abogada y tengo un proceso laboral iniciado en la pcia de buenos aires, estoy por la parte actora y declararon rebelde al demandado, debo notificar por cedula la rebeldia, notifique pero vino informada la cedula diciendo que no vive nadie en ese lugar hace un tiempo según los vecinos. Tengo el número de cuit del demandado y consegui el domicilio fiscal uno de los telegramas de notificación de la demanda fue a ese domicilio, que les parece si pido que la rebeldia se notifique ahí en el domicilio fiscal???.-

 #31982  por jpkrajacic
 
lamentablemente te puede oponer excepción, pues las notificaciones son válidas en: Domiilio real, domicilio en donde trabajaba tu cliente, domicilios constituídos. El domicilio fiscal se rije por una norma específica que es el Codigo fiscal, ley 11 y algo, y ahí dice que es domicilio válido para todas las notificaciones de orden fiscal solamente. Es muycomún que muchas empresas tengan domicilios fiscales en los estudios contables.