Hola foristas les consulto lo siguiente a ver si entendí bien: mi cliente trabajó des de hace 3 años y medio en una fabrica tubo una licencia psiquiatrica y la empleadora la intimo en los terminos del art 211 lct en diciembre ( es decir en diciembre de 2009 se cumpliria el año de la reserva de puesto) hace unos dias el medico le dio el alta pero con tareas livianas, sigue medicado, el se presento al medico laboral la semana pasada y le dijeron que lo llamarian pero la empresa a guardado silencio pese a los llamados tel de mi cliente. Creo que debo intimar por asignacion de tareas de acuerdo al art 212 de lct, es verdad? hago mencion del silencio de la empleadora?
carub escribió:Hola foristas les consulto lo siguiente a ver si entendí bien: mi cliente trabajó des de hace 3 años y medio en una fabrica tubo una licencia psiquiatrica y la empleadora la intimo en los terminos del art 211 lct en diciembre ( es decir en diciembre de 2009 se cumpliria el año de la reserva de puesto) hace unos dias el medico le dio el alta pero con tareas livianas, sigue medicado, el se presento al medico laboral la semana pasada y le dijeron que lo llamarian pero la empresa a guardado silencio pese a los llamados tel de mi cliente. Creo que debo intimar por asignacion de tareas de acuerdo al art 212 de lct, es verdad? hago mencion del silencio de la empleadora?
Si, desde ya hace mencion al silencio, leete el 57 LCT.
fijate si esta bien registrado e intima por tareas y por todo lo demás.
abrazo