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  • PERITOS. 50% A LA NO CONDENDADA EN COSTAS

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #417664  por GabrielaV
 
Hola a todos!
Tengo que contestar una revocatoria y no tengo mucho tiempo, que opinan...?
En un jucio laboral de capital donde la actora fue la vencida en costas le regularon al perito $ 4000, hay 4 demandadas más, pero yo, previa intimación a la actora para que pague, solicite la aplicación del art. 77 CPCC y la intimación a una de las demandadas (la más solvente) bajo apercib de ejecución. Y así se concedió.
Esta me interpone revocatoria, apelación en subs y planteo de caso federal diciendo que debí intimar a todas las demandadas por igual en la proporción que les corresponde pagar, ya que todas ofrecieron pericia contable y además se afecta su derecho de propiedad.
Entiendo que la obligacion es solidaria, por ende, puedo reclamar a cualquiera de ellas indistintamente, y luego tendrán derecho a repetir de las demás. Que la limitación de la responsabilidad a la no condenada en costas se refiere al 50 % de los honorarios pero no a que deba ser prorrateado entre todas las no condendas en costas. Es asi? tenes jurisp al respecto para agregar a mi contestacion?
Desde ya muchas gracias,