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  • PUEDO RENUNCIAR A MIS HONORARIOS????

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #420726  por vascojus
 
La duda es la siguiente: tengo una sucesión tramitando en Pcia de Bs As., el heredero es mi viejo, tengo entendido que puedo renunciar invocando un articulo de la ley que rige el ejercicio de la profesion de abogado, la pregunta es: cual es ese articulo???, asimismo, si voy a renunciar, tengo que pagar el ius??
 #420810  por mantuleasa
 
DEBES DECLARAR ESO EN EL EXPEDIENTE. Y EN LA CAJA ESTARAS EXIMIDO DE LOS APORTES.
MANIFESTA ESO EN ELEXPEDIENTE Y LISTO.