Tengo un tema medio atravesado.
Una señora fallece en Córdoba, tiene hermanos (no ascendientes, ni descendientes ni conyuge).
Antes de fallecer hace una donación con reserva de usufructo por escritura pública de una propiedad en Capital Federal a favor de una Sra. que la cuidaba (de Córdoba también).
En la escritura de donación no figura la aceptación, tampoco en el Registro, por lo menos hasta hace unos meses.
El hermano dice que ella no estaba bien de sus facultades mentales, tenía Parkinson pero además, dice que desvariaba, salia sin ropa a la calle, de lo cual hay algunos testigos. Esta gente que la cuidaba la internó en un Asilo, luego fallece.
¿Que tan factible ven que se pudiera plantear la nulidad de la donación por incapacidad?
¿Para ser legitimados para entablar la acción habría que iniciar la sucesión en Córdoba, no?
Una señora fallece en Córdoba, tiene hermanos (no ascendientes, ni descendientes ni conyuge).
Antes de fallecer hace una donación con reserva de usufructo por escritura pública de una propiedad en Capital Federal a favor de una Sra. que la cuidaba (de Córdoba también).
En la escritura de donación no figura la aceptación, tampoco en el Registro, por lo menos hasta hace unos meses.
El hermano dice que ella no estaba bien de sus facultades mentales, tenía Parkinson pero además, dice que desvariaba, salia sin ropa a la calle, de lo cual hay algunos testigos. Esta gente que la cuidaba la internó en un Asilo, luego fallece.
¿Que tan factible ven que se pudiera plantear la nulidad de la donación por incapacidad?
¿Para ser legitimados para entablar la acción habría que iniciar la sucesión en Córdoba, no?