yo tuve 2 situaciónes parecidas en las q los empleadores actuaron de distintas maneras, en una de ellas cuando el empleador despide a su empleada manda una contestación al Juzgado diciendo q no iban a poder continuar con el embargo xq la embargada fue despedida y q como la indemnzación no era remuneración (eL oficio de embargo decía: EMBARGO SOBRE LA REMUNERACIÓN) ENTONCES NO IBAN A PODER RETENER DE LA INDEMNIZAC., (desp. el empleador me explica q ellos iban a retenerle sobre laindemnizac. pero la empleada había ido al gremio y le habian dicho q no debían retener y como no querian problemas entonces contestaron así pero q si yo les presentaba un oficio ordenando la retención sobre la indemnizac. ellos lo cumplían y quedaban cubiertos y así lo hice, presenté otro oficio diciendo: EMBARGO SOBRE LAINDEMNIZAC. Y/O CUALQUIER OTRA SUMA DE DINERO Q X CUALQUIER CONCEPTO TUVIERA Q PERCIBIR LA DEMANDADA), Y LLEGUÉ A TIEMPO ASÍ Q LO PUDE COBRAR. El otro caso era en una fábrica pero acá no tuve ningun problema, xq cdo.lo despidieron automáticamente retuvieron sobre la indemnizac. sin preguntar si correspondia o no, este último es el criterio q yo tengo de q la indemnizac. equivale a remunerac. y más en tu caso q decis q el oficio aclaraba q era sobre cualquier otro concepto,a mi ma parece q tendrías q presentar un escrito explicando la situac. y podrias pedir al juzgado q libre oficio al ex empleador a los fines de q proceda a informar la causa o motivo x la cuál no retuvo de la indemnizac. La discusión estaría centrada en si la indemnizac. es o no remunerac.