Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Medida de No Innovar?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #423257  por Nico
 
Hola Colegas!!
Me surgió un imprevisto, estoy esperando la primer audiencia de conciliación laboral y voy por dos trabajadores, los requirentes se enteran que la empresa estaría por venderse, puedo pedir alguna cautelar para resguardar los derechos de los trabajadores? Había pensado en presentar una medida de no inovar antes de la demanda pero ni siquiera tengo habilitada la vía ya que aún no se celebraron las audiencias de conciliación. Me orientan??!!!!
Mil gracias por ayudar!! Como siempre!
Saludos! Nico.-
 #423452  por sergiosky
 
no podes impedir la venta de una empresa solo porque tengas intencion de demandar laboralmente, lo que si cuando inicies demanda reclamá contra el empleador y/o contra quien resulte responsable.
 #425904  por Nico
 
Gracias sergiosky!! Ahora estamos mas complicados que antes... y yo mas desorientado ... Les hago otra consulta: el seclo no puede notificar la audiencia ni a la empresa ni al presidente de la SA (que también está como requerido) y los dos trabajadores se enteran que van a concurarse. En principio tengo que pedir la ratificación del domicilio ya que es el correcto y tenemos el último acta de asamblea donde lo fijan pero como sigo con el tema del concurso?
Gracias!! Nico

Uno de los trabajadores es mi suegro!!!!!! Imagínense!! Ayuda!!
 #425911  por bycons
 
Nico escribió:Gracias sergiosky!! Ahora estamos mas complicados que antes... y yo mas desorientado ... Les hago otra consulta: el seclo no puede notificar la audiencia ni a la empresa ni al presidente de la SA (que también está como requerido) y los dos trabajadores se enteran que van a concurarse. En principio tengo que pedir la ratificación del domicilio ya que es el correcto y tenemos el último acta de asamblea donde lo fijan pero como sigo con el tema del concurso?
Gracias!! Nico

Uno de los trabajadores es mi suegro!!!!!! Imagínense!! Ayuda!!
1º; te hacen un favor si venden la empresa (la responsabilidad x las deudas laborales se transfiere al adquirente), si estan en esa posibilidad de "concurso".-

2º; notifica bajo responsabilidad si tenes los domicilios; y para el caso que no vaya nadie, cumplido el plazo, cerras x vencimiento de plazo (seguramente vas a tener 2 audiencias a la que no vaya nadie).-

3º; anda averiguando quien sería el posible "comprador"; porque lo ideal es que lo cites a SECLO tambien, obvio una vez que adquiera o comience con el comercio que se transfiere.-

4º; respecto de la parte del "concurso" no te preocupes, tenes la via laboral y le das para adelante hasta que tengas sentencia; de última lo unico que tendras que hacer una vez iniciado el juicio, para mayor seguridad por ahi es librar un oficio al comercial para que quede asentado que hay un proceso; pero nada de otro mundo. Eso si, cuando tengas sentencia laboral, es otro tema; y lo que mas te conviene a vos es que se haya transferido la empresa.-
Salu2
 #425939  por Nico
 
Gracias!!!
De verdad, muchas gracias por los puntos 1º, 2º y 3º!!!!!! Seguiré adelante entonces, pidiendo que se notifique bajo responsabilidad y una vez cerradas las conciliaciones presento las demandas notificando en el juzgado comercial, si finalmente concursan, la existencia del proceso.
Ahora, teniendo sentencia favorable, se presenta en el concurso para ver si se puede cobrar ahí o como se ejecuta? Te pregunto porque tengo otro laboral con sentencia firme y la empresa presentó la quiebra.
Gracias de nuevo bycons!!!!!!!
 #425981  por bycons
 
Alguna aclaracion:
* Cuando inicies el juicio, si es CONCURSO, notificas a los domicilios reales (o los que tengas de los demandados). Recordá que si es concurso, el demandado sigue manteniendo practicamente todos sus derechos; si es QUIEBRA, tendras que notificar al Sindico. (Yo te decia de oficiar al juzg. comercial, una vez trabada la litis, al solo efecto de "avisar" que hay un juicio pendiente, porque el concurso por ahi termina en quiebra).-

* Si tenes sentencia favorable y firme, tenes que ir a verificar credito al comercial (obvio que con una sentencia la verificación es solo un tramite). Y tenes que cobrar en el comercial, si es que hay algo para cobrar.

Saludos, y suerte.
 #426207  por Nico
 
Gracias bycons, espero que no se complique demasiado y esta gente pueda conseguir algo. Clarísimas tus indicaciones, gracias!!!!!!!!
Nico