Tengo una Sra. Brasilera que tiene segun el dni entrada en el pais en 1978.
Posee 10 años de aporte en relacion de dependencia como empleada domestica desde el 96 hasta febrero del 2007.
Cumplio los 60 hace unos dias.
El tema es que entrar en la moratoria para una jubilacion ordinaria no puede porque entre lo que tiene de rrdd y lo que se le puede comprar hasta 09/93 no llegaria (le faltarian 4 años aprox.).
Esta mujer tiene certificado medico de que tiene artrosis de columna, artritis y demas y en el diagnóstico dice que no puede trabajar.
Esta mujer estaba en Nacion AFJP y con la legislacion nueva (tiene capitalizado 2500 pesos) la mandaron a Reparto.
Que es mas conveniente solicitar junta medica y gestionar un retiro por invalidez via afjp o por reparto?
Si se queda en la AFJP una vez que le devuelvan lo que tiene capitalizado, va a cobrar el minimo ($530) o le van a pagar menos?
Espero puedan contestar a mis preguntas por que no se si hacerla optar por la AFJP Nacion o que se quede en Reparto. MUCHAS GRACIAS!!!!
Posee 10 años de aporte en relacion de dependencia como empleada domestica desde el 96 hasta febrero del 2007.
Cumplio los 60 hace unos dias.
El tema es que entrar en la moratoria para una jubilacion ordinaria no puede porque entre lo que tiene de rrdd y lo que se le puede comprar hasta 09/93 no llegaria (le faltarian 4 años aprox.).
Esta mujer tiene certificado medico de que tiene artrosis de columna, artritis y demas y en el diagnóstico dice que no puede trabajar.
Esta mujer estaba en Nacion AFJP y con la legislacion nueva (tiene capitalizado 2500 pesos) la mandaron a Reparto.
Que es mas conveniente solicitar junta medica y gestionar un retiro por invalidez via afjp o por reparto?
Si se queda en la AFJP una vez que le devuelvan lo que tiene capitalizado, va a cobrar el minimo ($530) o le van a pagar menos?
Espero puedan contestar a mis preguntas por que no se si hacerla optar por la AFJP Nacion o que se quede en Reparto. MUCHAS GRACIAS!!!!