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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #424211  por sc
 
El tema es el siguiente: Ya tengo declaratoria de herederos y se me generaron ciertas dudas. En el acervo hereditario hay una casa y un auto...ahora se deberia abonar la tasa de justicia?, luego pedir inf de dom de la casa y el auto e inf. de inhibición general de bienes y solicitar la inscripción? es así???
gracias.
 #424337  por eduferry
 
Hola SC, es así: además tenés que agregar boleta de rentas para acreditar valor fiscal, pagar tasa de justicia por la parte que se transmite más el porcentual por bienes muebles, agregar los informes de dominio y anotaciones personales, adjuntar constancia de CUIL/CUIT heredero, y te faltaría el libre deuda de ABL que lo tramitás en el entrepiso del CPACF, más escrito de la parte que asume toda deuda que existiere conf. artículo 5 de la ley 22.427. Si no me olvidé de algo, luego pedí que se ordene la inscripción. Suerte
 #425122  por sc
 
ok...muy claro!, te hago una última pregunta, al existir un automovil en el acervo sucesorio debo pedir IGB en el registro de la propiedad inmueble y automotor???
Gracias!!!
 #425180  por eduferry
 
Se me bloquearon las neuronas porque no entiendo el IGB, pero si querés podés anotar la DH en todos los bienes o por parte, en cada bien, a medida que cumplis los recaudos en el sucesorio (ej. pagar la tasa para ese bien, los certificados y pedir se inscriba) dejando pendiente los demás.
Si tenés un automotor, para éste es más simple, tenés que adjuntar un dominio del Reg. del Aut. (que también es de inhibiciones) acreditar el valor y pagar la tasa y se ordena por oficio.
 #425210  por sc
 
La idea es hacer todo junto, pero la duda se me genera respecto del auto...serían tambien dos informes (dom e inhibiciones)...es así???
Escucho opiniones!!!!