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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #425892  por lauracab
 
Hola a todos! Soy abog. de Cordoba. Hace unos dias inicie una demanda por reclamo de haberes impagos a mi cliente ( le deben cinco meses de sueldo) pero con prosecucion del vinculo laboral. No la di por despedida porque hay todo una cuestion de fondo muy larga para explicar . Ahora hay injuria de tal gravedad que impide la prosecucion del vinculo y la voy a dar por despedida. La pregunta es la siguente: tengo audiencia de conciliacion por accion iniciada por reclamos de haberes el dia 22 de sept. No me convendria desistir de la accion e iniciar nueva accion reclamando indemnizaciones y haberes impagos? No seria mas practico que llevar dos causas una por haberes impagos y otra por indemnizaciones? Desde ya muchas gracias por su ayuda!!
 #425901  por bycons
 
En Cordoba, no te permiten "ampliar" el reclamo? porque por ahi podes ampliar el objeto de reclamo en la audiencia (lo que no se, si es de conciliación -tipo SECLO de cap.fed.- o judicial; si es esta última, no funciona la ampliación).-
Salu2.
 #425950  por lauracab
 
Hola bycons! No tenemos en cordoba SECLO ( no tenemos instania administrativa previa obligatoria, salvo servicio domestico y trab. agrarios) . El reclamo es judicial. Yo pense en una ampliacion pero no me da tiempo ( 3 dias de antelacion ) para notif. a la otra parte. Saludos
 #426602  por eduardodemayo
 
Laura:
Desconozco el procedimiento en Córdoba. Soy de Rosario, pcia de Sta Fe.
Tendría cuidado con el tema de la "temporaneidad" del despido respecto de la injuria.
Lo que haría, sería hacerle mandar un telegrama obrero, aclarando que SIN REVOCAR el poder que te dio para el reclamo judicial, intima para que el 22 de septiembre, en la audiencia judicial, reconozcan su derecho y le paguen los salarios reclamados, bajo apercibimiento de considerarse despedida.-
Creo que sería una forma de enganchar ambas cosas. Creo que despues (si no podés ampliar demanda), tendrías que iniciar un nuevo reclamo, que muy probablemente lo acumulen, porque la legitimidad del despido dependerá de la preocedencia del reclamo de salarios. Suerte. Eduardo