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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #32965  por mfdamill
 
BUENOS DIAS: TENGO UNA DUDA UNA SRA INGRESO A TRABAJAR COMO AYUDANTE D EPORTERIA EN 05/1991 Y ASI FIGURA EN EL RECIBO DE SUELDO PERO AL SACAR SABANA DE ANSES LOS APORTES ESTAN HECHOS A PARTIR DEL 06/1995, CABE ACLARAR QUE LA RELACION ESTA VIGENTE.
SI ME PUEDEN ORIENTAR GRACIAS

 #32999  por PABLO R
 
no te olvides que me estoy por recibir de contador, no de abogado, pero va mi idea


a mi entender en ese caso se intima a la correcta registracion laboral, que tambien se hace con copia a afip, pero la relacion se torna imposible de continuar. por lo que entiendo que si quiere seguir la relacion laboral, por ahora, no puede hacer nada sin entrar en conflicto

 #33002  por Marcelos
 
Hola, como bien dice Pablo R, debe intimarse al empleador a la correcta registración de la fecha de ingreso bajo apercibimiento de la indemnizacipión del art. 9 de la 24013; esto se realiza con copia a la Afip.
En cuanto a entrar en conflicto con el empleador es inevitable mientras éste no dé cumplimiento a la registración en el plazo previsto en la ley (30 días), en dicho caso como trabajador tendrá derecho a darse por despedido.
 #33003  por mfdamill
 
mfdamill escribió:BUENOS DIAS: TENGO UNA DUDA UNA SRA INGRESO A TRABAJAR COMO AYUDANTE D EPORTERIA EN 05/1991 Y ASI FIGURA EN EL RECIBO DE SUELDO PERO AL SACAR SABANA DE ANSES LOS APORTES ESTAN HECHOS A PARTIR DEL 06/1995, CABE ACLARAR QUE LA RELACION ESTA VIGENTE.
SI ME PUEDEN ORIENTAR GRACIAS
GRACIAS!
PERO LA SRA TIENE 60 AÑOS ENCIMA ES EXTRANJERA NO LES PARECE QUE DEBERIA RECLAMAR LA RETENCION INDEBIDA DE APORTES? YA QUE NO SE VA A PODER JUBILAR
 #33012  por Marcelos
 
mfdamill escribió:GRACIAS!
PERO LA SRA TIENE 60 AÑOS ENCIMA ES EXTRANJERA NO LES PARECE QUE DEBERIA RECLAMAR LA RETENCION INDEBIDA DE APORTES? YA QUE NO SE VA A PODER JUBILAR
Entiendo que igualmente primero deberías intimar por la correcta registración. En cuanto a la retención indebida hablas del caso del 132 bis de la lct?
 #33019  por Ishtar
 
mfdamill escribió:BUENOS DIAS: TENGO UNA DUDA UNA SRA INGRESO A TRABAJAR COMO AYUDANTE D EPORTERIA EN 05/1991 Y ASI FIGURA EN EL RECIBO DE SUELDO PERO AL SACAR SABANA DE ANSES LOS APORTES ESTAN HECHOS A PARTIR DEL 06/1995, CABE ACLARAR QUE LA RELACION ESTA VIGENTE.
SI ME PUEDEN ORIENTAR GRACIAS
Hola chicos, me parece que el tema se debería encarar por otro lado...
Si le dan recibos de sueldo y figura bien la fecha de ingreso, puede ser probable que este bien registrada, eso no quitaría que le hayan hecho las retenciones y no ingresado los importes...

Mf...(que nick difícil :lol: :lol: ), fijate si en los recibos del 91 al 95 figuran las retenciones, si se las efectuaron...en ese caso cuando se produzca la disolucion del vínculo estimo que se podría reclamar por el 132 bis...)

El art.132 bis (que incorpora el art.43 ley 25345, dispone que si el empleador hubiese efectuado las retenciones a las cuales se halla obligado y/o autorizado al momento de la extinción del contrato-ocurrida por cualquier causa a partir del 26/11/2000- no hubiese ingresado total o parcialmente esos importes a favor de los organismos, entidades o instituciones a los cuales estuviesen destinados, debe a partir de ese momento PAGAR AL TRABAJADOR AFECTADO UNA SANCION CONMINATORIA MENSUAL EQUIVALENTE A LA REMUNERACION QUE PERCIBIA AL MOMENTO DE PRODUCIRSE LA ESVINCULACION.

Este importe se devengará de la misma forma que el pago del haber mensual desde la extincion del contrato de trabajo y hasta que el empleador acredite de modo fechaciente haber hecho efectivo el ingreso de los mismos a las reparticiones respectivas.
Sds.
 #33029  por Marcelos
 
Ishtar escribió: Hola chicos, me parece que el tema se debería encarar por otro lado...
Si le dan recibos de sueldo y figura bien la fecha de ingreso
Lo pasé por alto, estoy de acuerdo con Ishtar.
 #33039  por mfdamill
 
Marcelos escribió:
Ishtar escribió: Hola chicos, me parece que el tema se debería encarar por otro lado...
Si le dan recibos de sueldo y figura bien la fecha de ingreso
Lo pasé por alto, estoy de acuerdo con Ishtar.
chicos muchisimas gracias