Justo hoy fui con un cliente a la Fiscalia de Cámara de la C.A.B.A por un tema similar, seguramente te han citado para concurrir ahí calle Bte. Mitre.
Mire mi cliente reconocio la infracción (cruzo el semaforo en rojo) pero expuso que en la calle que tenía el semaforo en verde había una feria.
En fiscalia le inician la causa por infracción al art. 113 bis del Código contrvencional, y lo citan a declarar debiendo concurrir con un abogado.
En fiscalia te proponen lo siguiente: 1) reconocer la infracción y suspender el juicio a prueba, como consecuencia de ello el infractor no podrá conducir por 15 días, el automivil deberá estar inmovilizado por igual plazo, además deberá realizar un curso de dos días de duración y pagar $300. 2) La otra alternativa es un juicio abreviada, en donde por los dichos del autos (en este caso había un feria) se labra un acuerdo con la fiscalia donde se deja constancia que la infracción fue cometida por culpa al no haber visto el semaforo y no por dolo; ese acuerdo se debe presentar al juez de garantias quien deberá homologarlo, como consecuencia de esto el infractor deberá pagar $300 de multa, realizar un curso, se le descuentan 5 puntos del registro y le quedan antecedentes (si hubiera sido por dolo corresponde arresto), 3)La ultima variante es no acordar con la fiscalia desconocer el hecho para lo cual deberas contar con la documentación correspondinte que acrediten tus dichos.
Bueno esa fue mi experiencia del día de hoy, la verdad era algo que desconocia absolutamente, lo comparto esperando que te pueda ser de utilidad!!