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 #430262  por 28521963
 
Hola que tal? les comento que me llegó una cédula al estudio pero no tiene firma del abogado, puedo plantear nulidad, impugnarla, algo???
Espero respuestas, gracias
 #430310  por flux
 
Poder podes... dudo que te la den por favorable. La falta de firma del letrado que la envia no causa perjuicio a tu parte si luego el resto de la cedula tiene todo lo que debe para poner en conocimiento al notificado. La nulidad planteada por este tema no es trascendente sino que es una nulidad en favor de la nulidad misma.
 #430359  por yobren
 
cdo uno plantea nulidad debe al mismo tiempo demostrar un perjuicio.. cual seria? el fin se logro, te notificaste.. saludos
 #430579  por sergiosky
 
lo raro es que el oficial notificador no se haya percatado de que la cedula no tenía la firma del letrado, lo tenia que haber observado para que el profesional la corrija ... como error es garrafal!!
 #430583  por docthos
 
En todo caso lo que podrias haber hecho es no recibirla y manifestar la falta de firma pero es como dicen los colegas ya no podes alegar ningun perjuicio y la nulidad por la nulidad mismo no es trascendente, si el acto cumplio con su finalidadsaludos
28521963 escribió:Hola que tal? les comento que me llegó una cédula al estudio pero no tiene firma del abogado, puedo plantear nulidad, impugnarla, algo???
Espero respuestas, gracias
 #430608  por flux
 
A mi me llegaron a dar por validad una notificacion de traslado de demanda de desalojo donde el otro abogado hizo librar la cedula en otro juzgado (vaya a saber como paso sin que nadie se diera cuenta) y la dieron por validad porque en el contenido de la cedula en una parte se redactaba correctamente el N° de juzgado. Si eso paso por valido, siendo un error de los grandes, la falta de firma de letrado como que no caminaria. Aunque "per jodere" la nulidad yo la plantearia. :lol:
 #443963  por MATRKAXXL
 
DEVUELVE CÉDULA NO CUMPLE REQUISITOS.
...Solicita se intime a la parte a cumplimentar...los requisitos del art. xxxxx y se orden lo que V.S. estime corresponder...Perjuicio: Lo que dice la cédula como se que es cierto??? (depende que sea lo que se te notifique), supongamos un cambio de domicilio, vos luego notificas en ese domicilio y sigue su trámite, LA OTRA PARTE TE VA A OPONER LA NULIDAD DE TODO, DIRA QUE NUNCA CONFECCIONÓ ESA CÉDULA Y EL UNICO RESPOSABLE SERÍAS VOS POR "CREER LO QUE LA CEDULA DICE".
 #444113  por MATRKAXXL
 
Además de pedir que se suspendan los plazos pertinentes. Obviamente-
Saludos.