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  • Que Facultad tiene el Empleador??

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #431436  por DRJOTA
 
Les trasmito una consulta que me hizo un cliente que tiene una pequeña empresa...

El tema es el siguiente: A uno de sus dependientes lo encontraron fumando dentro del lugar del trabajo, lo cual esta prohibído, dado el peligro que ello implica por el tipo de material con el cual trabajan. Le hicieron una nota en su legajo, en la cual se da cuenta de lo sucedido y se le pide explicaciones, el trabajador contesta la misma indicando al pie que no estuvo fumando (Niega el hecho)...

Mi consulta es: En este caso como creen conveniente proceder, corresponde una sanción directa al trabajador, o solo un apercibimeinto.., por otro lado en caso de que niegue el hecho (como sucedio en el caso q comento) es necesario contar con testigos que acrediten el hecho??, son idonios los otros trabajadores?, ya que por otro lado son los unicos que podrian atestiguar al respecto...

Espero sus respuestas deseando que me den claridad sobre como proceder en este caso, desde ya muchas gracias!!
 #431475  por martingonzalo29
 
Hola colega, mira en el momento es importante hacer un apercivimiento por ser la primesra vez pero a travez de un medio fehaciente como para que quede constancia, y los demas trabajadores creo que si pueden ser testigos mas aun cuando se trata de lugares donde esta prohibido fumar, una vez echo el apercibimento la seguanda puede ser causal de despido con causa
 #431698  por aguchi
 
Hola! No me parece necesario hacer esa especie de "procedimiento" donde se le piden explicaciones.
El empleado cometió una falta y el empleador tiene facultad para sancionarlo.
Yo directamente lo hubiera apercibido o aplicado una suspensión muy breve.
Si el empleado está disconforme impugnará la sanción, pero eso tampoco es algo grave, poruqe nadie inicia un procedimiento para cobrar los días de la suspensión.
La próxima, que ejercite sus facultades disciplinarias así va juntando antecedentes, por si pasa algo mas.
Ah! y en un apercibimiento yo no gastaría en una CD, directamente lo comunicas por nota y hacer firmar, aclarar y poner fecha.
Saludos!
 #431764  por DAL
 
Si querés podés recabar dos testimonios, de la misma forma, segun quien lo haya visto. Si lo vio el empleador directo me tiene sin cuidado pero si el hecho lo conoce por terceros será bueno que pongas una nota de esos terceros y recien sanciones.