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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #431518  por mmaldonado
 
Estimados Foristas. Como están. Les pregunto a ver que opinión tienen Uds. El tema es así. Los cónyuges están "hablando" la cuestión de su divorcio. El marido -que es mi cliente- ha sido quien siempre sostuvo la familia; construyó la casa - habitación donde viven y demás. Es comerciante y ha adquirido algunos bienes durante la vigencia de la sociedad conyugal. La esposa que sabe de todo esto no quiere participar de los bienes que saben corresponden al fruto del trabajo de su esposo. Es decir, está de acuerdo en firmarle a su esposo lo que sea reconociendo que él es el único propietario del comercio, vehículos, algunos inmuebles, etc. Mi cliente no quiere dejar a su mujer e hijos en la calle ni mucho menos al contrario, quiere que la vivienda la ocupen ellos y nadie más que ellos (es decir no quiere encontrarse con que mañana su ex metió un tipo a vivir en la casa que él construyó). Lo que en definitiva quiere asegurarse mi cliente es que, ahora que está todo bien se pueda firmar algo con el reconocimiento de su mujer respecto a que él es el propietario de los bienes, porque teme que luego se arrepienta y se complique la cuestión. Que piensan Uds.? Yo le sugerí que hagan el divorcio por mutuo y establezcan allí la forma en que dividen sus bienes. Pero también pensé que pasa si la mujer en el medio del proceso se arrepiente!!. Pensé hacer un usufructo sobre la casa con condición que los únicos habilitados para vivir allí sea el grupo familiar. Pero mi cliente dice que no quiere dejar nada librado al azar y que no quiere tener que iniciar un juicio para excluir a un tercero. Quiere evitar todo tipo de inconvenientes judiciales. Que me aconsejan Uds. Desde ya un millón de gracias.
 #432175  por mechi2008
 
en cualquier momento la mujer busca asesoramiento.... como crees que va a firmar algo así? Si vas a hacer un mutuo y pones un colega amigo para que firme como su letrado, que firme nomás, las condiciones serían: alimentos para ella y los menores, hasta la mayoría de edad de ellos, más derecho habitación de la cónyuge mismo plazo. Condición: cesan los alimentos si inicia concubinato o contrae nuevas nupcias. Ella se va a cuidar muy bien de no convivir porque pierde los alimentos. (siempre estamos hablando de alimentos de ella)
Igual no hay garantías de que prefiera llevar a su nueva pareja a vivir con ellos, aún perdiendo alimentos, y tu cliente debería estar contento porque se los ahorarría, si aún así se encapricha con que su ex no tenga nueva pareja, es un jodido, y estás lidiando con un cliente difícil.
Es lo que se me ocurre.
 #432195  por mmaldonado
 
Ok. Gracias por las sugerencias. Ahora pregunto y que les parece que podría hacer con los demás bienes (fondo de comercio, vehículos). Yo había pensado -para evitar en el futuro la promoción de una acción de fraude de la esposa- que mi cliente constituya una sociedad (srl) que aporte esos bienes a la sociedad con el asentimiento conyugal y que la sociedad la constiuya él y una persona de su confianza. Pero ahora que lo pienso bien me parece que tampoco sería viable. El tema impositivo....; la esposa tendría una prueba contundente del aporte societario de su esposo....hummmm no sé.... Se les ocurre alguna otra idea por favor????
 #432234  por Doncella_de_Orleans
 
No hagas cosas raras.
Si la esposa está de acuerdo en que todos los bienes se adjudiquen al esposo al momento de disolverse la sociedad conyugal es su problema. Siempre y cuando conozca (estando debidamente asesorada) que por derecho le corresponde el 50% de los bienes gananciales. Si así y todo quiere hacerlo, lo más conveniente es solicitar un divorcio por presentación conjunta (art. 215 CC) en donde además de demandar el divorcio se convenga la adjudicación de los bienes en la forma que ellos quieran. Los cónyuges pueden convenir lo que quieran respecto de cómo adjudicar los bienes, incluso el 100% para uno y nada para el otro. Ahora bien, habiendo hijos menores que deberán ser mencionados en el escrito de inicio (donde también se van a fijar alimentos, supongo) a darse intervención al asesor de menores quien podría llegar a observar la adjudicación de bienes (no se supone que sea así porque los mayores pueden decidir el destino de los bienes que se les antoje) atento a que quedando la madre sin techo los menores queden en mala situación. Si uno de los cónyuges puede solicitar la indivisión del inmueble que fue sede del hogar conyugal hasta la mayoría de edad de los hijos, lo mismo podría ocurrir en este caso si el asesor lo observa.
Estimo que entonces la esposa podría acordar que se adjudiquen los bienes en un 100% en cabeza del esposo, pero conviniendo también en que podrá vivir allí con sus hijos hasta que todos sean mayores de edad, pero le es adjudicado (e inscripto) al esposo AHORA.
Si el hombre tiene miedo de que la señora cambie de opinión es porque está todo en el aire y dependiendo más que nada del humor que tenga ella, esto es, las cosas están tirantes y ella debe estar cediendo eso a cambio de otra cosa o porque no conoce sus derechos. En cuanto los conozca veremos si persiste en su intención actual.
Tu cliente tiene que saber que si ella queda habitando la casa con los hijos, y decide convivir allí con otro hombre, perderá los alimentos que ahora puedan acordar para ella, pero lo va a meter igual y para sacarlo va a tener que hacer algo, o cómo cree que se procede frente a los incumplimientos? Si lo mete, lo metió, y va a tener que sacarlo él, no es milagroso. Vos podés trabajar el caso de manera que puedas prever muchas circunstancias, alimentos, bienes, visitas, tenencia, pero mas allá de eso no podés. Explicase como si fuera un contrato de locación, podes tener hermosas cláusulas previendo mil multas para cada incumplimiento, muy bonito. Pero si el locatario no paga, tendrás que ejecutar los alquileres, desalojarlo, etc. Presentado el caso hay que actuar.
 #432872  por mechi2008
 
vehiculo, fácil, uno cada uno. Puede ceder al menos en eso no?. Fondo de comercio, no le veo el problema si ella NO ESTA ASESORADA, se le adjudica a él y listo. Para ello debe al menos, concederle una buena cuota alimentaria. Yo negociaría por ese lado, los bienes ´se le adjudican a él y le ofrece a cambio una buena cuota alimentaria, eso preliminarmente, es decir en charla de café, primera oferta. Luego ella de seguro buscará asesoramiento, o alguna amiga divorciada la pondrá en tema.
 #433270  por laucba21
 
NO CONFIES NUNCAAA en esos acuerdos raros que proponen los maridos, yo tenía un caso igual todo muy bonito el acuerdo que tenian, muy parecido al tuyo, con una casa para la esposa de mí cliente. pero que pasó?
La mujer charlando con su papá le comento, el padre la amndo a un abogado bastante chocante, me llamo a una audiencia de conciliacion y dio vuelta todo mi arreglo para la mujer, mi cliente no acepto, volviendose super litigiosa la cosa y lo peor, mi cliente se enojo y me sacó el caso. que nos queda, NUUUUNCA CONFIES en esos arreglos con alguien que no esta asesorado, sino despues se creen estafados y lo vuelven de terror al caso.
Si la mujer sigue de acuerdo hace el divorcio por presentación conjunta, con el plan de División de los Bienes y en la misma presentación trata alimentos regimen de visitas y tenencia de los menores. NO DEJES NADA SIN TRATAR
Espero haber ayudado en algo
 #434841  por IZA
 
Respecto de los acuerdos mixtos que requieren homologación, si los mismos son presentados antes de disuelta la sociedad conyugal, los mismos pueden ser observados por los jueces antes de ser homologados por motivos de afectarse el régimen de bienes gananciales que las partes en esa instancia no pueden disponer a su arbitrio. Ahora el caso es distinto si la sociedad conyugal ya esta disuelta por divorcio vincular, con lo que todos los acuerdos que los conyuges presentes no serán observados porque los conuyges una vez disuelta la sociedad conyugal pueden disponer libremente de los bienes gananciales incluso renunciar a ellos a favor del otro.