Buenos días; alguien me podria dar un modelo de demanda de gusrda con fines sociales, para Pcia de bs as. Gracias
aca va uno.
INICIA GUARDA CON FINES ASISTENCIALES. ACREDITA TENENCIA CONSENTIDA. HABILITACION DE DIAS Y HORAS INHABILES
Exmo Tribunal de Familia:
Oscar Francisco , argentino, DNI y la Sra. Dominga Elvira , argentina, DNI , ambos con domicilio real en la calle Gaboto de esta ciudad de Mar del Plata, con el patrocinio letrado de la Dra. Silvia , abogada, inscripta al Tomo Folio CAMDP, Iva responsable Monotributista, Cuit e IIBB , legajo previsional constituyendo domicilio a los efectos legales en la calle Rivadavia de esta ciudad de Mar del Plata., a VE respetuosamente nos presentamos y decimos:
1. OBJETO
Que venimos a solicitar se otorgue en nuestro favor la guarda con fines asistenciales del menor Agustín Fernando , DNI , con fecha de nacimiento el 18 de octubre de 2000, quien tiene actualmente 8 años de edad; en virtud de las consideraciones de hecho y de derecho que pasamos a exponer.
2. ANTECEDENTES
Que con fecha 18 de Octubre del año 2000 la Srita. María Luján (DNI ) da a luz a su hijo a quien puso de nombre Agustín Fernando (DNI).
Que quienes suscriben son tíos por el lado paterno de la Srita. María Luján , quien actualmente no tiene otros ascendientes que puedan asistirla.
Que desde el mes de diciembre del año 2002, la Srita. ha tenido problemas sicológicos y siquiátricas que han derivado en numerosas internaciones en el HIGA de nuestra ciudad, conforme a la causa de Internación expte Nº /2002 de tramite por ante el Tribunal de Familia Nº 1 Departamental. Que el padre del menor no ha procedido a reconocerlo y en la actualidad desconocemos su paradero.
Que desde dicho momento nos hemos hecho cargo del seguimiento de su salud, y del resguardo de su hijo menor, quien actualmente reside en nuestro domicilio desde el 17 de Diciembre de 2002.
Que conforme a Convenio Conciliatorio, que se adjunta, por ante la Defensoría Oficial de este departamento Judicial de Mar del Plata, nuestra sobrina ha decidido que el Menor Agustín resida en nuestro domicilio para su guarda; que así se hizo efectivo hasta el día de la fecha.
Que hemos mantenido el contacto del menor con su madre mediante visitas periódicas al HIGA, y durante las salidas transitorias de la madre, quien también pernoctaba en nuestro domicilio, manteniendo unido el vínculo familiar en las medidas de las posibilidades.
Que el menor se encuentra asistiendo al Colegio Galileo Galilei cursando actualmente el segundo grado de la escuela primaria, que no tiene problemas sicológicos ni sociales y se desarrolla armoniosamente en nuestro grupo familiar. QUE EL MENOR NO SE ENCUENTRA ATAVESANDO POR NINGUNA SITUACIÓN DE PELIGRO SÍQUICO O FISICO, PUES ESTA CONTENIDO EN NUESTRO HOGAR DESDE EL AÑO 2002, PERO QUE ES NUESTRO DESEO PODER BRINDARLE MEJORES ATENCIONES QUE TENEMOS A NUESTRO ALCANCE PERO PARA LO QUE NECESITAMOS LA PRESENTE DECLARACIÓN DE GUARDA.
Que es nuestro deseo poder brindarle una mejor calidad de vida, incluyéndolo en nuestra obra social y en el sistema de asignaciones familiares para que goce de una infancia plena y feliz.
3. SOLICITUD DE GUARDA CON FINES ASISTENCIALES
Que el quien suscribe Sr. Francisco Oscar , se encuentra desarrollando tareas en la empresa CONSCA SA, desde el año 2007; por lo que la solicitud de guarda del menor tiene como principal fundamento la posibilidad de otorgarle al menor una obra social para su atención médica, gozando de todos los beneficios sociales y para poder percibir el pertinente salario familiar que otorga el ANSES.
Advierta VE que la Srita no posee ningún tipo de ingreso laboral (se adjunta certificación negativa), ni previsional y el menor se encuentra contenido por quien suscribe en lo que respecta a la habitación, alimentación, recreación, educacion, etc; pero al no poseer ningún tipo de ayuda para su manutención se nos hace necesario poder contar con la Guarda con Fines Asistenciales para lograr la cobertura médica de mi Obra Social y los aportes del ANSES que permitirán que el niño pueda seguir concurriendo a la escuela privada tal como es nuestro deseo.
4. PRUEBA
Que como prueba que hace a nuestro derecho ofrecemos y acompañamos la siguiente:
· DOCUMENTAL:
1.- Fotocopia DNI del Sr. Francisco, la Sra Dominga y el menor Agustín . (Tres fojas).
2.- Comprobante de empadronamiento a obra social emitido por ANSES.
3.-Recibo de haberes del Sr. en una foja.
4.- Certificación negativa emitida por ANSES de la Srita. María Lujan .
5.- Certificado médico expedido por la Dra. Patricia que constata internacion ante HIGA.
6.- Convenio conciliatorio de restitución del menor a la familia materna, firmada en Defensoría Oficial Nº 4 y refrendada por la Lic. Marta del Centro de Promoción Social.
7.- Certificado de nacimiento del menor .
· INFORMATIVA:
Se libre Oficio a ANSES a efectos de que informe la historia laboral del Sr. Francisco (cuil 20--1), remitiendo el correspondiente detalle de aportes por todo el periodo laborado. Asimismo informe si la Srita. Maria Luján ( cuil 27--5) se encuentra actualmente trabajando y en caso afirmativo empresa para la que presta servicios.
5. FUNDAMENTOS
La solicitud de guarda tiene como fundamental objetivo asegurar al niño el acceso a los sistemas de salud, acción social y beneficios de la seguridad social que impliquen la adecuada atención de sus necesidades, tanto a nivel social como cultural y de salud.
Con la documentación adjuntada en autos, podemos corroborar que la madre se encuentra imposibilitada de brindarle esta asistencia a su hijo, pero quienes suscriben solicitan a VE nos otorgue los medios para contener al menor en los aspectos indicados y lograr su completo y seguro desarrollo infantil, contención que al dia de la fecha venimos llevando adelante con gran sacrificio y esfuerzo mutuo.
Con la Certificación negativa emitida por el ANSES (que en este acto se adjunta) podemos observar que la madre no se encuentra percibiendo ningún tipo de beneficio (ni laboral ni previsional) y que, quienes suscriben la presente, se encuentran desarrollando tareas regularizadas en forma continua desde el año 1970 (ver historia laboral emitida por ANSES- Web).
Se ha expedido la Excma. Cámara Civil en Familia y Sucesiones Sala I de la provincia de Tucumán, con el voto de las Dras. Ana María Cuneo Verges y Graciela Valls de Romano Norri: “... Bien es sabido que la guarda es un atributo originario del ejercicio de la patria potestad de los padres sobre los hijos y en tal sentido, es entendida como el derecho que conjugan la tenencia y el cuidado que los menores necesitan, derecho-deber que puede ser delegado por los padres a un tercero....La guarda delegada es una institución subsidiaria y alternativa de las obligaciones emergentes de la patria potestad, las que al no poder ser cumplidas por los progenitores por razones fundadas, abren el camino supletorio del resguardo de los menores por parte de otros familiares, en el caso su abuelo paterno. Se tutela el interés o interés superior de los menores , que no puede ser dejado de lado por los sentenciantes al decidir, conforme criterio establecido por la ECSJN.... El juez debe ponderar que no existe una intención de el o los progenitores de apartarse u obviar las obligaciones emergentes de la ley y tener presente que se trata de un instituto cuya existencia misma está ligada al concepto de inmediación, es decir, la diaria convivencia, tenencia y cuidado integral que permite al mayor, a cuyo cargo se pretende dejar a los menores, satisfacer las necesidades de estos, contrayendo de ese modo un vínculo estable.”( Sentencia Nº 54 del 7/03/2007, en autos “G.D.E – C.M.D.V. s/ guarda legal con fines asistenciales”).
6.- INTERVENCIÓN EQUIPO TECNICO
Que si bien las asistentes sociales han realizado numerosas visitas para constatar el estado sico fisico del menor, sin perjuicio de ello, para que VE cuente con los mayores elementos posibles para dirimir este expediente OFREZCO COMO PRUEBA QUE HACE A MI DERECHO LA CONCURRENCIA DEL EQUIPO TECNICO DEL TRIBUNAL A NUESTRO DOMICLIO DE LA CALLE GABOTO DE ESTA CIUDAD PARA QUE CONSTATE LAS CIRCUNSTANCIAS MENCIONADAS EN EL PRESENTE, ASI COMO TAMBIEN LAS AUDIENCIAS QUE SEAN NECESARIAS CON EL EQUIPO TECNICO DEL TRIBUNAL.-
7.- PETITORIO
Por todo lo expuesto, solicito:
1.- Se nos tenga presentados, parte y con domicilio procesal constituido.
2.- Se tenga por agregada la documental y ofrecida la restante prueba.
3.- Se nos otorgue la guarda con fines asistenciales del menor Agustín .
PROVEER DE CONFORMIDAD
SERA JUSTICIA