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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #436588  por Gertrudis
 
Estimados foristas, les hago una consulta:
Necesito enviar un oficio Ley 22.172 al Registro Civil del partido de Almirante Brown desde Entre Ríos para informar que se dictó sentencia de adopción de un menor inscripto en ese Registro con el consecuente cambio de apellido, luego de que sea dado de baja allí puedo inscribirlo en Entre Ríos, lugar donde reside.
¿Alguien sabe como se hace la notificación, se agrega tmb el Testimonio de la sentencia? disculpen, es tal vez obvio, pero yo nunca lo hice.
Gracias, Gertrudis
 #436757  por Gertrudis
 
¿Y colegas, alguien sabe cómo se notifica? disculpen, capaz es una preguntonta, pero no se que hacer.
Gracias
 #437327  por federic0
 
Quizás no te respondieron porque no se entiende qué querés decir con "darlo de baja allí". El registro del nacimiento en la respectiva partida, no es como el registro de un automóvil que cambiará de radicación según el domicilio del titular registral. La inscripción la deberás hacer mediante testimonio ley (sello de agua y legalización mediante) y oficio ley el que deberá ser ingresado por un matriculado en la jurisdicción donde se deba llevar a cabo el asiento registral en la partida correspondiente. Saludos.
 #437370  por Gertrudis
 
Muchas gracias por responder Federico. Disculpen colegas mi expresión "dar de baja" como si se tratara de una cosa, pero es lo que me dijeron en el Registro de acá, de ahora en más, sabré como manifestarme. Muy clara tu explicación y aprovechando tu buena voluntad te pregunto si sabés que costo tiene ese trámite, aunque sea aproximádamente.
Gracias de nuevo,
Gertrudis