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  • (((IUS VARIANDI)))

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #437119  por iusman36
 
Traslados Compulsivos en lo cuadros Policiales:

En contra del limite del Ius Variandi:

1º. No Razonable;
2º. Sin Causa;
3º. Con daño social y moral para el personal

Que se puede hacer???

Ante la imposibilidad que tiene de recurrir que se le explique o justifique una causa justa, razonable de dicho cambio de destino por parte de la Jefatura de Policía (para poder hablar o entrevistarse debía tener Nota de 'VENIA' por vía jerárquica procedente que me habilite a hablar con los representantes de la Institución Policial); habiéndosele perjudicado con daño moral y social por dicho acto arbitrario, configurando persecución laboral con acoso moral y mobbiling, no mediando para su persona de manera lesiva los Derechos contemplados en el Art. Nº 14 y Art. 14 BIS, Art. Nº 8, 1º Párrafo, más el Art. 16, 2º Párrafo, sin tener vía de acción sindical que le proteja de lo contemplado por el Art. Nº 1.071 del Código Civil de la Nación Argentina (Abuso de Derecho), es viable:

reservárse el Derecho de iniciar acción legal de índole sumarísima (por demanda de tutela de derechos fundamentales) o contencioso administrativa contra el Estado Provincial, el Ministerio de Gobierno y la Policía o quien resulte imputado.

Gracias por sus comentarios!