Hola, estoy recién matriculado y con un divorcio conjunto como primer causa. Tengo varias consultas que son las siguientes:
- ¿Cual es un honorario razonable a cobrar en este caso?
- ¿Me conviene acordar honorarios con el cliente o me conviene la regulación?
- ¿El derecho fijo que pago de Cassaba, me hago cargo yo o se lo traslado al cliente?, ¿y la contribución de Cassaba del art. 62, inc. 3 sobre la tasa de justicia, creo que corresponde que se la traslade al cliente, no?.
Espero que alguien me pueda sacar de la duda y desde ya muchas gracias.
- ¿Cual es un honorario razonable a cobrar en este caso?
- ¿Me conviene acordar honorarios con el cliente o me conviene la regulación?
- ¿El derecho fijo que pago de Cassaba, me hago cargo yo o se lo traslado al cliente?, ¿y la contribución de Cassaba del art. 62, inc. 3 sobre la tasa de justicia, creo que corresponde que se la traslade al cliente, no?.
Espero que alguien me pueda sacar de la duda y desde ya muchas gracias.