Como poder se puede pero tene en cuenta estos lineamientos (para evitarte luego dolores de cabeza):
1 - Poner mora automatica en el acuerdo que se firme por el solo vencimiento de plazos
2 - Que la ultima cuota nunca sea menor a $5.000, ya me preguntaras porque esto? ok, imaginate que el empleador te paga todo menos una ultima cuota de $1.000, que haces? ejecutas? por ese monto no te justifica el trabajo de hacerlo y los honorarios serian miseria y al mismo tiempo el cliente te va a estar gritando que vos le hiciste aceptar un acuerdo de pago en cuotas y que ahora quiere sus mil mangos. Al menos por una ultima cuota de $5.000 te vale la molestia, y si el demandado no quiere porque dice que es mucho dale mas plazo para que la junte (juntale varias cuotas en la ultima en un solo pago)
3 - Poner alguna tasa de interes decente con punitorios del 0,50 diario si es poco monto el del acuerdo (hablado con el tribunal/juzgado antes esto) y si es mas monto no creo que te den mas de. 0,20 o 0,10 (en provincia hablo). En capital con los intereses no tengo idea como se manejan
Fuera de eso no hay ningun problema
Cuando una multitud de cuervos rodeaba al cliente al grito de "que pague!, que pague!", se hizo presente el señor y dijo "el que este libre de inflar una liquidacion, que arroje la primer calculadora"