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  • contrato locacion.!? URGENTE

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #442497  por Manyapapele
 
estimados foristas, me estan consultando para renovar realizar un nuevo contrato de locacion en pcia de bs as.-
que se estila cobrar?
un mes? locativo.-
asimismo constate, que pone de garantia un inmueble ubicado en pcia de bs as.-
le dije a mi cliente que le pida una garantia de cap. fed.- para agilisar la averiguacion del dominio y asimismo . encaso de incumplimiento sea mas agil.-
.-
los informes de dominio estan incluidos en el mes que se les cobra por la redaccion del contrato.-
creo que van aparte no son gastos de gestoria.-
hay que hacer sellarlo en pcia verdad??
alguien que realice contratos si me aclara lo agradecere.-
el anterior contrato, no estaba SELLADO.-
GRACIAS.-
 #443915  por ANATA
 
Mani paso a contarte mas o menos como lo manejo yo al tema de los contratos y por ahi te sirve:

Yo suelo cobrar un mes del alquiler
Con el tema de las garantias podes pedirle el inmueble en pcia o cap (prefrentemete familiar directo, para evitar las compradas) o bien, recibo de sueldo de dos personas con mas de cinco años de antiguedad (pero siemre es mejor un inmueble)
Si el mismo es en pcia, podes hacerlo por gestoria o depende de donde este vos...te vas a la plata, te sacar un infome de dominio e inhibiciones personales urgente y en 48 hs tenes novedades...eso suelo cobrarlo alrededor de $200 o $300. (no olvides de perir fotocopia de la escritura y del dni del titular del inmueble)
Si es en capital tramita mas o menos igual, solo que para pedirlo tenes que tener si o si matricula de capital
Con respecto al sellado, solo es en pcia y sirve para darle fecha cierta al contrato y es l 15 del valor del contrato, lo pagan n banco pcia y casi siempre queda a cargo del inquilino (salvo que se pongan de acuoerdo ambas partes)
hay que hacer sellarlo en pcia verdad??
Si qeres hacerlo mas detallado y tiene plata, poder pedir certificacion de firmas por escribano y en caso de incumplimiento, salteas un paso y vas directo al desalojo.

Ahhhh ojo co la confeccion de los infomes de dominio (porque suelen rebotarse por nada y no te olvides de dejar sentado el tema de las multas en caso de pago fuera de termino

Cualquier duda....me avisas!!!!

SUERTE
 #444322  por juri123
 
Hice dos contratos de alquiler a principio de año, y me costó bastante cobrar los $500.- que pedí por cada uno.... cobrando según la regulación de la ley de honorarios.