Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Licencia Maternidad - Despido un dia posterior a finalizacio

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #442552  por susanago31
 
Tengo una cliente empleada de una multinacional, que durante su licencia por embarazo (primeros 3 meses) fue solicitada su renuncia a cambio de un bono extra por su salida (enviaron hoja borrador sin membrete ni identificación), la que obviamente no fue aceptada por ella.

La fecha de parto se adelanto, por lo cual no casi no utilizó los dias previos de licencia, utilizando los mismos con posterioridad (es decir casi 9 meses).

Al mismo momento de incorporase le notifican que fue despedida (le hacen firmar una notificiacion de ello y envian telegrama), abonandole la indemnización simple. Como deberé encarar este tema atento a que todo indica que el despido fue a causa de su maternidad.

Desde ya muchas gracias
 #442791  por susanago31
 
Cuando le pidieron que renuncie, ella dijo que no dado que recien le pagarían la indemnización contra el telegrama una semana despues.

El tema es que 8 meses despues se presento a trabajar según indicaba el telegrama enviado oportunamente a la empresa para el pedido de la excedencia. Pero al momento de hacerse presente fue despedida.

No obstante ello, el calculo realizado fue una indemnización simple. Es por ello que mi consulta estaba enfocada a ver si podria reclamar algo atento a que se entendería que el despido tuvo que ver directamente con un tema de maternidad.
 #442821  por DAL
 
A ver Susana, no esta claro tu planteo.
Ella tuvo una fecha de parto.
Desde esta, gozó casi toda la licencia remunerada.- Lo que da en total 3 meses.
Luego de esto, se tomó licencia por estado de excedencia????

Asi me da que se reintegra al puesto casi 9 meses después de la fecha del parto, es así???
Bien, si es así, estimo que pasó ya el periodo de protección legal (siete meses y medio despues del parto) ya no te rige la presunción de que el despido fue por causa de embarazo (o maternidad mejor dicho). Lo que tenes que hacer en esta situación es, a falta de presunción, demostrar con pruebas que el despido obedece a la situación de maternidad. Podés recurrir a todas las medidas de prueba que puedas e incluso acreditar situaciones que impliquen indicios serios y concordantes que por su numero formen convicción al juez (presunciones): las comunicaciones tendientes a la desvinculación apenas se supo la situación de embarazo+la desvinculación+ tal vez se me ocurre la inexistencia de empleadas "madres" + otras desvinculaciones "pacificas" en similares circunstancias.
A falta de presunción legal, hay que agudizar el ingenio.