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  • PREVARICATO!!!

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 #443560  por draflorcita
 
hola amigos y colegas...estoy necesitando un modelito de escrito de prevaricato, resulta ser que una jueza (no hace falta nombre ni lugar) me rechazo un pedido de caducidad q era evidente su procedencia. y como no puedo recurrir ya q el mismo no es procedente, me quede con la "pica" de hacer algo, y se me ocurrio denunciarla por prevaricato. Ahora no se como se procede al mismo, ya que es mi primera vez y nunca he oido a nadie formular tal denuncia.
Este mismo mensaje lo publique sin darme cuenta en el foro de dcho civil, disculpas!
GRACIAS
 #443633  por MATRKAXXL
 
Desde mi punto de vista, un tipo de denuncia de este tipo, sería la peor estategia a seguir, (salvo que la quiera hacer tu clienta), ARTICULO 269. - Sufrirá multa de pesos tres mil a pesos setenta y cinco mil e inhabilitación absoluta perpetua el juez que dictare resoluciones contrarias a la ley expresa invocada por las partes o por el mismo o citare, para fundarlas, hechos o resoluciones falsas. ??.
Fijate el resaltado, es ya de por sí una barbaridad, "ley expresa invocada por las partes o por el mismo", es decir que SIQUIERA ESTA TIPIFICADO, que sea contrario a la ley!!!!! Es decir "la ley se presume conocida por todos...", "el error de derecho no es excusable", ....resutado "SALVO QUE SEA JUEZ".
El rechazo de un caducidad, que como vos decís "no es apelable", sin siquiera "al menos plantear una Reposición", (aunque no este previsto...no implica un "dolo" de cometer el delito previsto y tipificado en el art. citado. Yo haría de última, una denucia ante el Consejo de la Magistratura, si sos intima amiga de Kristina o su marido. Que vaya suerte que vas a correr en SEMEJANTE AMBITO, es como ir a denunciarle a un lobo que otro lobo se morfó una oveja...igualito. HAY QUE APREDER A CAPITALIZAR LAS "SUPUESTAS", ARBITRARIEDADES DE LOS JUECES, MAS EN EL FUERO PENAL, QUE SERÍA DE NOSOTROS SI LOS JUECES POR EJ. EXCARCELAN A TODOS LOS IMPUTADOS !!! SI LOS CONDENAN BIEN...!!!! estamos al horno !!!!, y seríamos simples "gestores". No hay que arregla el mundo....hay que buscar las soluciones concretas. (es mi opinión)
 #444192  por draflorcita
 
MATRKAXXL; gracias por tu rta., si la verdad q es una barbaridad como decis, pero tambien es una barbaridad la ignorancia de esta mujer q al parecer no tiene idea de lo q dice el CPCyC.
Habia pasado mas de 7 meses de inactividad por la actora y el codigo estblece 3 meses de inactividad para la caducidad (ejecutivo), esta "Sra". nose de donde sacó que el plazo no habia transcurrido todavia para rechazar mi pedido.
Por otra parte lo q mas bronca me dá, es q por su arbitrariedad y la del codigo no se pueda hacer nada!
Yo se que no la van a condenar, pero quiero que se asuste y vea como perjudica sus resoluciones!Por otra parte si, tengo pensado pedirle porder a mi cliente (ya q el pedido de caducidad lo hice sin el mismo), para solicitar la denuncia a nombre y perjucio de el, el problema es q no encuentro un modelo q se ajuste a las circunstancias. te voy y/o los voy a agrdecer si me facilitan alguno!
besos!
 #444206  por MATRKAXXL
 
Sería bueno conocer por que te dengó la caducidad, si fue relavante el tema de la firma de la parte ???, Que se asuste? no sería un buen método, "SE VA A REIR", Y LO MAS PROBABLE ES QUE NUNCA SE ENTERE DE LA DENUNCIA. (Si de tu nombre y apellido), seguí la vía civil, le vas a ocasionar gastos a tu clienta tales como un poder especial para querellar ($ 450 en adelante), y no vas a llegar a nada.
 #444710  por Doncella_de_Orleans
 
draflorcita escribió:hola amigos y colegas...estoy necesitando un modelito de escrito de prevaricato, resulta ser que una jueza (no hace falta nombre ni lugar) me rechazo un pedido de caducidad q era evidente su procedencia. y como no puedo recurrir ya q el mismo no es procedente, me quede con la "pica" de hacer algo, y se me ocurrio denunciarla por prevaricato. Ahora no se como se procede al mismo, ya que es mi primera vez y nunca he oido a nadie formular tal denuncia.
Este mismo mensaje lo publique sin darme cuenta en el foro de dcho civil, disculpas!
GRACIAS

SE TE OCURRIO denunciar a un Juez (para HACER ALGO) y ni siquiera sabés què es lo que vas a denunciar ni còmo se hace???

No consideraste la posibilidad de apelar??? Digo, no...

Tomate las cosas con más seriedad y responsabilidad.
 #444716  por Doncella_de_Orleans
 
Caducidad fuero PENAL????
 #444778  por MATRKAXXL
 
Doncella_de_Orleans escribió:Caducidad fuero PENAL????
No el tema es más "complejo", la cosa viene de un expediente civil, hay que reconocer la "imaginación", de la colega, cuando un Juez, decreta algo, y no nos gusta, lo denunciamos, lo meten preso, y mientras esta cumpliento la PRISIÓN PREVENTIVA, no nos podrá dictar ninguna resolución que nos agravie, y si el "nuevo juez" hace lo mismo, le mandamos una reja como hacen en las plazas de la CABA. , a lavalle 1212, 1220, y ccdts. y ssgtes. por las dudas se escapen por los edificios linderos, SERA JUSTICIA (SEA COMO SEA).
 #444829  por Doncella_de_Orleans
 
MATRKAXXL escribió:
Doncella_de_Orleans escribió:Caducidad fuero PENAL????
No el tema es más "complejo", la cosa viene de un expediente civil, hay que reconocer la "imaginación", de la colega, cuando un Juez, decreta algo, y no nos gusta, lo denunciamos, lo meten preso, y mientras esta cumpliento la PRISIÓN PREVENTIVA, no nos podrá dictar ninguna resolución que nos agravie, y si el "nuevo juez" hace lo mismo, le mandamos una reja como hacen en las plazas de la CABA. , a lavalle 1212, 1220, y ccdts. y ssgtes. por las dudas se escapen por los edificios linderos, SERA JUSTICIA (SEA COMO SEA).

Jajjaa. Ahora leo mejor, la caducidad se la rechazaron, pensé (por leer apurada) que se la habìan concedido.
Bueno, alguna forma tiene que encontrar para darla vuelta, se llame como se llame el escrito. De última que pida aclaratoria porque la juez contò mal y hay un "errorcito". No se, pero la verdad que la denuncia, y menos sin saber què es ni cómo se hace, es una aventura más que desaconsejable.
 #444910  por draflorcita
 
Amigos entiendo su ironia, pero tienen q entender que aca esta en juego los bienes (platita) de una persona, y no hace falta aclarar q la misma es humilde! ya que no tiene la plata suficiente para cancelar todas las cuotas de agua q adeuda.
Ademas hay que dejar constancia, que ¿para q están las leyes si despues ni modo los q tienen q aplicar no las van a cumplir?, o las cumplen a su antojo...
Por otra parte, una resolucion de este tipo, llamese erronea. perjudica no solo en el ambito constitucional de la persona..sino va mas alla del derecho positivo, cuando en semanas por parte de la actora, trataran de quitarles el dvd, la tv, y algunos muebles para remate! poniendo en peligro a la honra, el honor, ect. de la persona en su ambito social (barrial) y sobre todo ante su esposa e hijos.
CAPITULO V - CADUCIDAD DE LA INSTANCIA
PLAZOS
Art. 310. - Se producirá la caducidad de instancia cuando no se instare su curso dentro de los siguientes plazos:
1)..
2) De tres meses, en segunda o tercera instancia y en cualquiera de las instancias en el juicio sumarísimo, en el juicio ejecutivo, en las ejecuciones especiales y en los incidentes.
3)...
y para la "DONCELLA" q parece saber bastante de todo..,excepto este tema!
RESOLUCION:
Art. 317. - La resolución sobre la caducidad sólo será apelable cuando ésta fuere declarada procedente. En segunda o ulterior instancia, la resolución sólo será susceptible de reposición si hubiese sido dictada de oficio.

Es decir q a prima facie, VS. al momento de rechazar mi pedido de caducidad (hacia mas de 7 meses desde el ultimo acto procesal util de la actora), no tuvo en cuenta este art. q indica el plazo, o al menos quiero entender q se le paso por un "error de derecho" como lo explica el colega, y no pensar q VS. no sabe!
Si bien como dicen el ambito judicial esta politizado, no creo q sea absoluto! creo o al menos tiendo a pensar q todavia se encuentra separado de los demas poderes.
Si todos pensamos en q nos caera la "espada de Damocles" por la cabeza ante la denuncia contra una investidura jerarquica en rango superior al nuestro, estos nos dominaran y nos esclavizaran! jaja creo q mucho ya, pero algo asi pasará..
besos.--.-
 #444929  por MATRKAXXL
 
ESTO VA A LLEGAR A LA CORTE EN POCOS DÍAS POR LO QUE VEO!!, no tomes a mal mis comentarios, solo le aclaraba el panorama a la colega Doncella, para que este más "empapada" en el asunto. Pero termina de querer arreglar el mundo, porque sólo tenes que solucionarle el problema a la Sra. !!! x Dios.
 #445084  por feragus
 
Te citó algún acto como impulsor del proceso? O dijo simplemente no caducó? Disculpá mi ignorancia si me equivoco, pero lo de la caducidad no se reformó hace un tiempo y ahora hay que intimar para que mueva el expediente bajo apercibimiento de declarar la caducidad? . No sé de dónde me suena eso. Bueno, como ves, te di más preguntas que respuestas, pero creo que tengo mejor predisposición que los que me precedieron.
 #445139  por poorlaw
 
Hola,

La reforma fue en el procesal de la prov.Bs.As. Por los artículos citados por la consultante, se trata del rito nacional. Además, dice que están ejecutando aguas, parece una ejecución fiscal de AySA, o algo parecido.

De todos modos, siempre corresponde la interpretación restrictiva de la perención de instancia. La Corte Suprema, en 322-2943, tiene dicho que
Que este Tribunal ha resuelto que la caducidad de
la instancia sólo halla justificación en la necesidad de
conferir un instrumento al Estado para evitar la indefinida
prolongación de los juicios, pero no un artificio tendiente a
impedir un pronunciamiento sobre el fondo del pleito o a prolongar
las situaciones de conflicto (Fallos: 313:1156 y 319:
1616) de manera que por ser dicho instituto un modo anormal de
la terminación del proceso, su aplicación debe adecuarse a ese
carácter sin llevar con excesivo ritualismo el criterio que la
preside más allá de su ámbito propio (Fallos: 297:10; 306:1693
y 319:1616).
En realidad, lo que quiero decir es que siendo la caducidad un instituto de aplicación muy restrictiva, creo que no dá pie para que se arme una causa por prevaricato por no haber sido concedida.

Una resolución objetivamente contraria a la ley o fundada en una errónea interpretación del derecho no genera en forma automática prevaricato (sino toda sentencia revocada constituiría delito y no quedaría ningún juez a salvo): hay que probar la malicia y la mala fe del juzgador. Por ello coincido con la respuesta de Doncella, es muy aventurada la denuncia, al menos que puedas probar cabalmente que el magistrado hubiera actuado con dolo, ya que el tipo no admite forma culposa.

Saludos.
 #445218  por draflorcita
 
La resolucion dice: Al escrito de fs ”x”, Tengase por presentado, parte en el carácter invocado, por constituido el domicilio procesal indicado y denunciado el real. Desele intervención de ley. Atento surge del cómputo del plazo de la notificación del mandamiento- ver fs. “X” a la fecha de presentación del escrito, no ha transcurrido el plazo previsto por la norma para efectuar planteos de caducidad, en consecuencia rechazase in limine el planteo de caducidad formulado por el ejecutado.
Lo cierto es que desde la providencia de apertura 08-9-08(iniciacion del expte y ultimo acto procesal util), hasta la notificacion del mandamiento 28-05-09. (Mas del doble de tiempo estimado por el cpcc.)
Pero VS. parece ser que empezo a contar desde la notif. de mandamiento 28-05-09 hasta mi pedido de caducidad 04-06-09. Y obviamente que desde tal fecha a esta no se va a cumplir el plazo de caducidad, ya que a la parte (mi cliente) se le notifica desde ese momento, antes seria imposible entender en la causa. Por no saber q hay una causa pendiente. y solamente tiene 5 dias desde la notificacion para oponerse, de lo contraio se..etc
En rigor de verdad, "salvar el mundo" nose si será tan asi..jaja pero almenos no quiero q me traten de pelo..y peor aun sin derecho a replica! ya que si bien es cierto q es una medida exagerada y aventurera la de denucniar "prevaricato", tambien es cierto q no hay nada por hacer con ser una resolucion arbitraria por el solo hecho de que la cuducidad solo es"recurrible" cuando es procedente.
besos!,.-
 #445236  por MATRKAXXL
 
Bueno al menos sirivió para que no tengas que pagar Daños y Perjuicios al juez !!!
 #445250  por draflorcita
 
jaja naaa! esto no va a quedar asi...vos lo dijiste hasta la corte no paro!!