Es grotesco, pero esto ocurrío, recientemente un un Juzg. de Instrucción, de la Cap. Fed. El Subrogante, muy muy caliente porque como yo juré defender la Constituc. Nacional, en los escritos le coloco Sr. Subrogante (que no es Juez): llegó a tal punto de "calentura", que decidió no exhibirme el expediente si no estoy en presencia de la parte. (sic.) obviamente cada vez que pasaba por el Juzg. solictaba el Libro de Asitencia de Parte, previsto en el R.C.C.C., y asentaba lo que me maifestaba el "Subrogante", lo que provocaba la "risita",de los empleados, seguramente pensó, que nada tenía para hacer...., hasta que le metí el "INCIDENTE DE COMPULSA DE EXPEDIENTE", y le apleo "REPOSICIÓN CON APELACIÓN EN SUBSIDIO", cuando me lo concede, me pone que "...en realida no sabe en que norma esta decisión es apelable...pero me lo concede...". (siempre con la firma de la parte). Cuando llega a Cámara, los de Viamonte, miraban azorados !! y en tres minutos me hicieron lugar al recurso, con una bajada de línea de aquellas. El tema es que ahora el "subrogante", tiene dos problemas. Por un lado, incumplió el Reglam. de la CCC. art. 103 Revisación de expedientes.– Las actuaciones judiciales, siempre que no se hallaren sometidas al secreto sumarial,sólo pueden ser examinadas por las partes o los abogados por ellas propuestos, aún antesde formalizar éstos la aceptación del cargo, y por los damnificados o imputados o por losprofesionales que los mismos autoricen al efecto.". Por otro, como niguna norma prohibe al letrado de la querella compulsar el expediente, sino que además lo autoriza el RCCC. ya citado, tiene otro problema, es que ha cometido "prima facie", del delito de ABUSO DE AUTORIDAD, (reiterado, 12 hechos en distintos días que concurrren en forma material) de lo que se está encargando el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA. Increible pero real.
EL USUARIO HA SIDO BANEADO