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 #445294  por polo128
 
Hola, tengo un oficio ley de capital a pcia, donde se pide el juez de capital que el juez de provincia ordene el embargo de cosas muebles en una propiedad que esta en pcia.
es decir juicio capital embargo en prcia. tengo el oficio ley para dejarlo en el juzgado de turno jurisdiccion berazategui, mi duda es, como se ingresa?? hay que hacer un escrito adjuntado al oficio que es com un exhorto pidiendo se diligencia el embargo, se presenta en sorteos y con todos los gastos de pcia. Por favor ayuda que nunca hice esto y no tengo ni idea. desde ya muchas gracias
 #452717  por JoMarch
 
ENTIENDO QUE TIENE QUE TRAMITARLO UN PROFESIONAL MATRICULADO EN PCIA.
ACA EN ROSARIO ES ASI, Y SE INGRESA POR MESA DE ENTRADAS, SE SORTEA Y TE ASIGNAN EL JUZGADO QUE LO TRAMITARA.
 #452903  por mantuleasa
 
polo128 escribió:Hola, tengo un oficio ley de capital a pcia, donde se pide el juez de capital que el juez de provincia ordene el embargo de cosas muebles en una propiedad que esta en pcia.
es decir juicio capital embargo en prcia. tengo el oficio ley para dejarlo en el juzgado de turno jurisdiccion berazategui, mi duda es, como se ingresa?? hay que hacer un escrito adjuntado al oficio que es com un exhorto pidiendo se diligencia el embargo, se presenta en sorteos y con todos los gastos de pcia. Por favor ayuda que nunca hice esto y no tengo ni idea. desde ya muchas gracias
ABOGADO MATRICULADO EN PCIA
PAGAR BONO, JUS, TASA, SOBRE TASA,
Y OBVIO GASTOS DE DILIGENCIA
Y OBVIO HONORARIOS

EL CHISTE, NO MENOS DE $800
 #454041  por paulagalian
 
Polo128 yo tuve un exhorto para dos testigos por fuerza publica (el juicio tramita en capital y los testigos viven en Pcia). Tuve que ir al Tribunal de turno con escrito + oficio + bonos + planilla de inicio e ingresarlo me libraron el oficio lo confecciones, dejé a confronte y diligencié (obvio que si no tenés matricula en pcia. te lo tiene que hacer uno matriculado y al que tenés que autorizar en el oficio que sale del juzgado exhortante)
Te paso el dato por que debe ser parecido yo tampoco tenía idea de que hacer pero fui preguntando. Algunos juzgados tienen el modelo del oficio pegado en la cartelera para que te guies como hacerlo. Pcia es muy distinto a Cap. por lo menos para mi que recien estoy comenzando en pcia.
Espero te sirva.
 #630745  por sandranoemiibanez
 
Hola Colegas, me surge una duda puesto que tengo que secuestrar un auto en provincia
la medida fue ordenada en juzgado laboral capital en el marco de ejecucion de sentencia
ahora tengo que hacer el exhorto y sortear... pero consulta preguntonta.....::::
tengo que sortear en la mesa civil o la laboral?
 #630839  por DrPerrito
 
sandranoemiibanez escribió:Hola Colegas, me surge una duda puesto que tengo que secuestrar un auto en provincia
la medida fue ordenada en juzgado laboral capital en el marco de ejecucion de sentencia
ahora tengo que hacer el exhorto y sortear... pero consulta preguntonta.....::::
tengo que sortear en la mesa civil o la laboral?
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