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  • AYUDA QUIERO COBRAR MIS HONORARIOS!!!

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 #445341  por yamile2008
 
Hola colegas foristas!! quiero consultarles sobre este problemita que tengo para cobrar mis honorarios...y de paso desahogarme...
Hace un año y pico iniciamos un divorio por el 215 con acuerdo de alimentos tenencia y regimen de visitas. Nosotros ibamos por el padre, que queria divorciarse a toda costa, entregando lo que sea para ello. Nosotros le aconsejamos que no firmara el acuerdo que proponia su ex, era excesiva la cuota, pero él quizo firmar igual para poder divorciarse rapido (de mas está decir que ya tenia nueva pareja...)
Al tiempo, cuando ya pasa a autos para sentencia, decide bajar la cuota alimentaria a menos de la mitad (siendo que a él encima le habian aumentado el sueldo...) y como le dijimos que esperara para ello, que una vez que isncribamos el divorcio iniciabamos un incidente, no le gustó y luego de varias discuciones nos desvinculamos. Ahora el tema es el siguiente: el mudó su domicilio real, sabemos que está con un abogado nuevo, y la regulación que hizo el juez aún no nos fue abonada.
fue notificado por el abogado de la contraparte, ya que nuestro cliente se hacia cargo de las costas y a él le abonó poque habia iniciado la ejecucion.
Nosotros aun esperamos, nos dijo que iiba a hacer el deposito judicial, pero nada todavia, ya pasaron 4 meses.
Queremos hacer ejecucion de honorarios, pero tendriamos que primero denunciar el nuevo domicilio real, y luego dejar las cedulas y demas. El tema que es en lomas y me queda lejisimos....como sería la forma de hacerlo más rapido??? denuncio el nuevo real o no lo hago y lo notifico al anterior, y continuo la ejecucion hasta pedir el embargo???? escucho sugerencias!!!
 #445346  por mariferzara
 
Hola yamile! la contraparte le notificó los honorarios de todos a su domicilio real? o te mandó solamente cédula al domicilio constituído? Porque decís que a alguien le pagó....
La otra es promover directamente el incidente de ejecución de honorarios, aunque sea con el domicilio viejo denuncia si tiene sueldo para embargar o inmuebles, anotá el embargo y después denunciás nuevo domicilio etc., sino no tenés forma de cobrarte, pero al menos te asegurás el embargo. Otra cosa no se me ocurre...
 #445393  por yamile2008
 
mariferzara escribió:Hola yamile! la contraparte le notificó los honorarios de todos a su domicilio real? o te mandó solamente cédula al domicilio constituído? Porque decís que a alguien le pagó....
La otra es promover directamente el incidente de ejecución de honorarios, aunque sea con el domicilio viejo denuncia si tiene sueldo para embargar o inmuebles, anotá el embargo y después denunciás nuevo domicilio etc., sino no tenés forma de cobrarte, pero al menos te asegurás el embargo. Otra cosa no se me ocurre...
Hola mariferzara!, el abogado de la contrparte lo notifició a los dos domicilios, al real antiguo y al constituido, y al hacerlo a éste, nosotros le avisamos al cliente, y como no le pagaba le inicio el ejecutivo y estaba en posicion de embargar, cuando le pagó. Por eso, viendo esa actitud, es que quiero pedir el embargo de sueldo, poruqe trabaja en blanco, pero mi duda es si notificarlo al viejo, porque en teoría yo no sé que se mudó...
 #445841  por mariferzara
 
En principio, ya quedó notificado de q debía pagarte, así q si transcurrió el plazo de 10 días podrías ejecutar pidiendo embargo de haberes en el primer despacho, seguro te lo conceden. Igual tendrías qu denunciar el domicilio actual, prq no le veo la utilidad de sostener el anterior.- Te va a volver el mandamiento sin diligenciar, ya q en el algún momento tendrás q intimarlo. Yo directamente lo haría denunciando el nuevo.- Saludos
 #448201  por SILVESTRE
 
Yamile, no te comliques que es mas simple de lo que crees, si la cedula fue al domicilio real (no importa si se mudo o no) y volvio bien, o sea lo notifcaron listo!!! tenes el titulo ejecutivo del art. 54 de la ley de honorarios.-
Inicia la ejecucion y en un capitulo pedi ..MEDIDA CAUTELAR - EMBARGO DE HABERES que en atencion a que fulano presta tareas en tal lugar soliciyo se decrete embargo sobre los haberes que persçibe en la proporcion de ley. Efectivizado solicito se lo cite por cedula en los terminos del art. 503.-
Lo citas por cedula sin necesidad de diligenciar ningun mandamiento, y como te aseguraste el embargo ya no tenes problema.-
te aclaro mejor a traves de PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar