HOLA ESTIMADOS MIEMBROS: TENGO DECLARATORIA DE HEREDEROS, EL JUEZ DICTO RESOLUCION ORDENANDO REGISTRACION (ES EN CAPITAL). PERO ME QUEDA LA DUDA DE CUANDO Y CUANTO SE PAGA LA TASA DE JUSTICIA. LUEGO COMO LA REGISTRO. GRACIAS.
Se abona el 1,5 % de la valuación fiscal del inmueble.
Se abona cuando se pide la orden de inscripción, luego de solicitar los certificados de dominio e inhibición de los causantes ( se piden ante el Registro de la Propiedad Inmueble= Venezuela y Cerrito). Ante Rentas del Gobierno de la Ciudad de Baires, se solicita el libre deuda de ABL.-