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  • QUE HACER EN ESTOS CASOS?

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 #35097  por MER_
 
Hola queridos compañeros foristas....tengo una consulta para hacerles:

Lamentablemente no puedo (por ahora) darles más datos que éstos, porque es un caso que me lo comentaron.
(Disculpen si el relato es largo, pasa que no quiero dar lugar a confusiones de interpretación).

Resulta que hay una persona "X" que fue atropellada por un señor "Y". La empresa aseguradora del señor "Y", quebró.
Ahora: el juicio se resolvió favorablemente a favor de "X", quien eventualmente debe recibir la correspondiente indemnización por parte de "Y", habiendo quebrado la cñia aseguradora.
La suma no es despreciable...
El tema es que se inició favorablemente una ejecución de sentencia, y trabaron una inhibicion general de bienes contra "Y", puesto que carece de bienes a su nombre.

Me comentaron que en principio le embargaron el sueldo, pero el tema es que "Y" es pariente muy cercano del dueño de la empresa para la que trabaja.
La cuestión es que le retuvieron parte del sueldo hasta que manifestó que ya no trabajaba más allí.
Obviamente que eso es falaz, puesto que aún trabaja allí pero en negro.

"Y" posee autos, inmuebles, pero todos a nombre de otras personas, evidentemente para evadir gravámenes sobre ellos.

¿Como debería proceder la cuestión?
Mis preguntas son:

-Sería lo recomendable un juicio de simulación?
-No procedería fraude por no hallarse fallido "Y"? Y en todo caso...sería recomendable pedir la quiebra o lo "beneficiaría" aún más?
-Se pueden aportar pruebas fotográficas (demostrando que efectivamente él es el poseedor de todos los bienes, y que efectivamente sigue trabajando en esa empresa)? No sería una violación a la intimidad?
-que sanciones pecuniarias hay para casos en los que se manifiesta este tipo de burlas a resoluciones judiciales y al propio damnificado? Se me ocurren las astreintes...algo más?

Si alguien me puede ayudar les estaré muy agradecida.

Saludosss!!!! :D

 #35142  por diegogvillamayor
 
si tenes las pruebas que decis inicia una simulacion, sino la otra es pedir la quiebra, pero con esto que ganarias????

saludos

 #35143  por MER_
 
Hola Diego, precisamente esa era mi pregunta, con lo de la quiebra. Porque para iniciar accion de fraude es preciso que el deudor se halle insolvente, y dicho estado se presume estando fallido.
De lo contrario no se podria iniciar la acción.
Pero en todo caso, sí procedería la simulación...

 #35144  por diegogvillamayor
 
inicia la simulacion.
En la quiebra vas perder mucho tiempo e igual no vas a cobrar nada.
va eso creo por lo menos.
si qures agregame al msn y hablamos por ahi

saludos
 #35631  por doctoramanero
 
Encantada; y acoto que la simulación es larga, tediosa y costosa, ya que no te olvides que se trata de demostrar que lo que vemos es una vil mentira y correr el velo para que veamos la realidad; suerte.-