Estimados foristas y/o colegas
En un caso de despido directo sin causa la empresa puso a disposicion la indemnizacion y el cert del art 80. Ahora bien cuando fue a cobrar no le pagaron, no tiene testigos, y tenía parte de la remuneracion en en negro y parte en blanco, lo que necesito saber es si corresponden las indemnizaciones siguientes segun el intercambio que figura a continuacion:
Rubros
Indemnización art. 2 Ley 25.323 - Instar jurisdicción para cobro
Indemnización art. 45 Ley 25.345 - art. 80 cert. Trabajo
Indemnización Art. 132 Bis LCT falta de aportes ya que tenia parte del sueldo en negro
Intercambio
La empresa "Prescindimos de sus servicios a partir del dia de la fecha. Liquidacion final y certificados a su disposicion"
El trabajador "habiendome constituido en fecha xx y xx del mes de xxxxxx en vuestro establecimiento a fin de retirar la liquidación final y certificados del art. 80 de la lct, ambos puestos por uds falsamentemte a disposición, ya que personal de vuestra empresa me manifestó no tener nada que entregar para quien suscribe, intimo plazo dos días hábiles para que fije fecha y hora a efectos de que abone indemnizaciones por antigüedad, indemnización sustitutiva de preaviso, liquidación final, acredite aportes previsionales, y de obra social, haga entrega de certificados indicados en el art. 80 de la lct, todo ello bajo apercibimiento de accionar legalmente. queda ud. debidamente notificado."
La empresa "Rechazo por falsos e improcedentes los términos de su telegrama ley 23789, Ud. no se ha apersonado a cobrar liquidacion final ni a retirar certificados de trabajo. Estese a lo dispuesto en mi anterior carta documento."
El trabajador "ratifico lo dicho en mi anterior misiva. habiendome constituido nuevamente en fecha xx del mes de septiembre del corriente año en vuestro establecimiento, según las intrucciones indicadas en su carta documento cd xxxxxxxxxx de fecha xx de xxxxxxxx, a fin de retirar la liquidación final y certificados del art. 80 de la lct, ambos puestos por uds falsamentemte a disposición, ya que personal de vuestra empresa me manifestó nuevamente no tener nada que entregar para quien suscribe. por lo que a fin de poner punto final a esta situación de constantes negativas, intimo plazo dos días hábiles para que deposite el importe de indemnizaciones por antigüedad, indemnización sustitutiva de preaviso y liquidación final en la cuenta en la que habitualmente hacia los pago de mis remuneraciones, en el banco xxxxxxxxxx caja de ahorro nº xxxxxxxxxx, todo ello bajo apercibimiento de accionar legalmente. asimismo intimo igual plazo a que envie por algun correo de su elección carta certificada con los comprobantes que acrediten aportes previsionales, y de obra social, y remita certificados indicados en el art. 80 de la lct, todo ello bajo apercibiento de iniciar acciones judiciales. queda ud. debidamente notificado."
Saludos
En un caso de despido directo sin causa la empresa puso a disposicion la indemnizacion y el cert del art 80. Ahora bien cuando fue a cobrar no le pagaron, no tiene testigos, y tenía parte de la remuneracion en en negro y parte en blanco, lo que necesito saber es si corresponden las indemnizaciones siguientes segun el intercambio que figura a continuacion:
Rubros
Indemnización art. 2 Ley 25.323 - Instar jurisdicción para cobro
Indemnización art. 45 Ley 25.345 - art. 80 cert. Trabajo
Indemnización Art. 132 Bis LCT falta de aportes ya que tenia parte del sueldo en negro
Intercambio
La empresa "Prescindimos de sus servicios a partir del dia de la fecha. Liquidacion final y certificados a su disposicion"
El trabajador "habiendome constituido en fecha xx y xx del mes de xxxxxx en vuestro establecimiento a fin de retirar la liquidación final y certificados del art. 80 de la lct, ambos puestos por uds falsamentemte a disposición, ya que personal de vuestra empresa me manifestó no tener nada que entregar para quien suscribe, intimo plazo dos días hábiles para que fije fecha y hora a efectos de que abone indemnizaciones por antigüedad, indemnización sustitutiva de preaviso, liquidación final, acredite aportes previsionales, y de obra social, haga entrega de certificados indicados en el art. 80 de la lct, todo ello bajo apercibimiento de accionar legalmente. queda ud. debidamente notificado."
La empresa "Rechazo por falsos e improcedentes los términos de su telegrama ley 23789, Ud. no se ha apersonado a cobrar liquidacion final ni a retirar certificados de trabajo. Estese a lo dispuesto en mi anterior carta documento."
El trabajador "ratifico lo dicho en mi anterior misiva. habiendome constituido nuevamente en fecha xx del mes de septiembre del corriente año en vuestro establecimiento, según las intrucciones indicadas en su carta documento cd xxxxxxxxxx de fecha xx de xxxxxxxx, a fin de retirar la liquidación final y certificados del art. 80 de la lct, ambos puestos por uds falsamentemte a disposición, ya que personal de vuestra empresa me manifestó nuevamente no tener nada que entregar para quien suscribe. por lo que a fin de poner punto final a esta situación de constantes negativas, intimo plazo dos días hábiles para que deposite el importe de indemnizaciones por antigüedad, indemnización sustitutiva de preaviso y liquidación final en la cuenta en la que habitualmente hacia los pago de mis remuneraciones, en el banco xxxxxxxxxx caja de ahorro nº xxxxxxxxxx, todo ello bajo apercibimiento de accionar legalmente. asimismo intimo igual plazo a que envie por algun correo de su elección carta certificada con los comprobantes que acrediten aportes previsionales, y de obra social, y remita certificados indicados en el art. 80 de la lct, todo ello bajo apercibiento de iniciar acciones judiciales. queda ud. debidamente notificado."
Saludos