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 #35834  por mike_78
 
Mi consulta es la siguiente, nos presentamos hace un tiempo, más precisamente octubre del año pasado como particular damnificado, en una denuncia que se hizo en fiscalia, el tema es que por desconocimiento del domicilio del denunciado y por n reunir en su momentos más pruebas para imputar el delito es quue quedó en fiscalia y ya debe estar archivada...
resulta que ahora mi cliente coonsiguió unos datos y por lo que me contó el delitpo sería mayor. pasará de hurto o robo, lo que no es si se puede pedir ahora por nuevas pruebas la continuación de la causa por medio de un escrito , si hay que volver a presentarse y pagar bono ius nuevamente...
desde ya muchas gracias
 #35858  por Pandilla
 
Holis mike_78, en lo que respecta a una parte de su pregunta, sobre el tema pruebas que podrían modificar a la caratula de una causa, sino me equivoco, algo de ello esta mencionado tanto en el Código Procesal Penal de la Nación como en el de La Provincia de Buenos Aires y, hasta donde sé, se puede realizar la presentación a través de un escrito, (aunque, eso por ahí, segun cada jurisdicción, puede variar el modo o la modalidad).
Tal vez, la presentación de "pruebas nuevas", llevarían a que la Fiscalia modifique la caratula de causa y esta siga su curso, pero, ahora se trataría, creo, de un delito de Orden Público y, a su vez, ello modificaría el tema de las prescripciones.
Trate de chequear mis dichos.

Saludos y suerte :lol:
 #36999  por cinti2
 
Hola. Lo que yo haría es:
1- ver por qué motivo se archivó (puede ser por prescripción, por falta de pruebas, o por otros motivos)- esto se pregunta en la ufi.
2- solicitar por escrito el desarchivo
3- presentar por escrito un ofrecimiento de pruebas, explicando qué extremos quiero probar. Luego de la producción de las mismas, si su resultado es positivo, presentaría otro escrito, formulando manifestaciones al respecto y solicitando la modificación de la carátula, si es que la ufi no lo hace de oficio.
Saludos, cin

 #39084  por leoeuskal
 
como te va, a mi me parece que si esta archivada, que es lo mas probable si no hubo movimiento o no se llego a notificar al imputado por el art 60, se pueda levantar aportando nuevos hechos o datos. El mas importante seria el domicilio. Si no esta prescripto, de acuerdo a como este caratulada la ipp, o sea al delito que primariamente se imputo, no hay drama. A veces creo que es mejor no constituirse como particular hasta ultimo momento, porque a la victima le ovbian algunos requisitos procesales (algunos plazos), que al letrado no se los perdonan. Pedi el legajo de archivo, pedi el desarchivo y aporta por escrito todos los datos nuevos que puedas. Plantealo en la fiscalia, a veces si hay onda te dicen posta que es lo que te conviene y como les jode menos a ellos. La gente de penal (casi siempre tiene buena onda).
saludos.