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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #35936  por Fla
 
Hola a todos! Les consulto por un problema de una tía. Tiene 80 años, vive sola, es jubilada y pensionada. Desde hace 4 meses tenía una Sra. que la cuidaba por las noches, le pagaba $ 300,00 mensuales, estaba en negro, trabajaba de Lunes a Viernes desde las 22:00 hasta las 07:00 hs. aproximadamente. Todo el acuerdo laboral lo hicieron verbalmente. Desde hace unos 10 dias la Sra. manifiesta tener problemas de salud y por esto se ausenta del trabajo, mi tía; que por prescripción médica no puede estar sola, le pidió que si no podía venir regularmente; no siguiera trabajando.
Así fué, la Sra. no vino más pero este Sábado a la mañana le envió el siguiente TCL:

intimo plazo de 48 hs. ratifique o rectifique despido verbal comunicado el dia 08 de julio del cte.Intimo mismo plazo haga entrega de los recibos de haberes con los respectivos aportes sociales y previsionales dado que desde la fecha de ingreso bajo sus ordenes me encuentro trabajando en negro a tal efecto recuerdole que la misma fue a partir del dia 26/03/ del cte.cumpliendo tareas de DAMA de compañia , percibiendo una remuneracion mensual de pesos 300.00 por una jornada laboral de doce horas diarias a razon de seis dias a la semana.Asimismo abone feriados trabajados y francos. todo bajo apercibimiento de iniciar acciones ante organismos competente en materia laboral.RESERVO DERECHOS.

Que se puede hacer?. Yo entiendo lo que pide la Sra. pero me hago esta pregunta; ella sabía perfectamente en que condiciones iba a trabajar, porque aceptó?

Desde ya, les agradesco mucho la atención.

 #37445  por Galatea
 
Creo, tendrias que revisar el Dec. Lec 326/56 Servicio doméstico, cuyo Art. 2º específicamente exlcuye de ese régimen a las personas que se dedican al cuidado de personas. Sin perjuicio de ello revisa si la LCT.
Saludos,

 #37447  por Galatea
 
Creo, tendrias que revisar el Dec. Lec 326/56 Servicio doméstico, cuyo Art. 2º específicamente exlcuye de ese régimen a las personas que se dedican al cuidado de personas. Sin perjuicio de ello revisa si la LCT.
Saludos,
 #37519  por jimena
 
no es servicio domestico, no es LCT, en todo caso sera prestacion de servicios.

Nega todo lo q diga.

 #38498  por sergiosky
 
dudo que te puedan hacer una demanda laboral por ese tema.
nega todo, tal cual lo dice jimena...es mas hasta negá que la venian a cuidar, en todo caso deci que solo se daba una vuelta para verla pero venia una vez a la semana en calidad de amiga.

 #41106  por Fla
 
Muchas gracias a todos por sus respuestas.
Les cuento que luego de haberle enviado la Carta Documento negando la Relación, el Lunes pasado mi Tía recibió la citación en el Ministerio de Trabajo para el día de ayer a la mañana.
Pasó que mi Tía se presentó, pero la otra parte (empleada) no.
Cómo continúa?
Nuevamente, muchas gracias!