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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #458204  por taty2008
 
Hola,
para calcular el porcentaje del embargo sobre los haberes de un empleado debe tomarse la remuneración bruta, así dice el decreto. El presentismo debo incluirlo? entiendo que no, tampoco los haberes no remunerativos. Estoy haciendo bien? Tengo que aconsejar a una empresa.
Gracias.
 #458240  por abogadaya1
 
Para hacer un embargo de sueldo tenes que tomar el sueldo bruto, el presentismo integra el bruto por lo tanto lo tenes que tomar.
Tene en cuenta que a ese sueldo bruto tenes que restarle el sueldo minimo vital y movil que hoy esta en $ 1440 y que es inembargable.
Ej sueldo bruto $ 2500 le restas $ 1440 te da $ 1060 a este importe le aplicas el embargo.
No ocurre lo mismo si son deudas alimentarias.
 #458811  por Kolmillo
 
Completando lo que dice abogadaya1, el embargo puede ser del 10% o del 20%, dependiendo si el resultado de restar el SMVM al sueldo bruto es igual o inferior al SMVM (10%) o superior (20%).
 #459234  por taty2008
 
Muchas gracias a ambos por las respuestas.