Foristas: estoy como apoderado de la demandada en un juicio ejecutivo. Mi duda es la siguiente: en caso de efectuar un convenio transaccional una vez embargado dinero, qué porcentaje podría convenir con la contraria en concepto de honorarios? Si soy apoderado, basta mi firma o el convenio requiere la firma de mi cliente?
Gracias.
Gracias.