Hola a un cliente mio le quisieron dejar un oficio del 400 y no lo quizo recibir porque no tenia sello del juzgado. Esta mal que no lo haya querido recibir?. Puede venir un oficio sin sello?? gracias Saludos
El oficio del Art. 400 puede no contener el sello medalla del juzgado, por lo gral los Juzgados laborales no lo sellan y otros juzgados de otros fueros tampoco.
Creo que lo mas conveniente es que lo reciba a fin de saber que le estan notificando o requiriendo.
Saludos