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  • Si no me dan traslado : debo opinar??

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 #462182  por fugitiva
 
Buen dìa foristas: Còmolesva?

Les cuento: hace un tiempo solicite una medida preeliminar de exhibiciòn de libros al socio.
El demandado presentò lo solicitado en eL juzgado, pero junto con esa presentaciòn, presentò un escrito diciendo que por tal y tal razòn el actor no podrà ver la documentaciòn, hasta tanto no acredite tal y tal cosa..
El juez, despachò que previo a resolver sobre la accesibilidad a esa documentaciòn se realice el oficio solicitado por el demandado .
El demandado dejò copias de ese escrito, pero el juez en su despacho no me da traslado.

Entonces, pensaba presentar un escrito aclarando algunos puntos , pues el demandado en su escrito mezcla varias cuestiones, que probablemente hagan el juezz decida a su favor.

Ustedes presentan escritos sin que les hayan dado traslado del mismo??
Piensan que el juez luego de recibido el oficio,me darà traslado antes de resolver?
Si presento un escrito sin que me hayan dado traslado: me generarà costas si el juez resuleve en contra?
GRACIAS !
 #462784  por taty2008
 
El libro de Palacios dice "La circunstancia de que el art. 781 disponga que el juez debe pronunciarse sin sustanciación, no implica vedar al administrador de la sociedad la posibilidad de oponerse a la medida, con fundamento. POr ej. en la pérdida de la calidad de socio por parte del peticionario. Frente a tal hipótesis corresponde aplicar el trámite de los incidentes (art. 175 a 187) y siempre, desde luego, que la oposición cuente con fundamentos prima facie atendibles".

Con lo cual interpreto que te dará traslado, pero no estoy segura.

Esperá otras opiniones.