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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #462436  por DraMaricel
 
foristas, tengo q pasar presupuesto por una sucesión con 1 inmueble q a su vez quieren vender....
porcentaje sobre la venta o un precio?? mas gastos, cierto...
la verdad si pueden orientarme!
gracias
 #462781  por diegogvillamayor
 
lo ideal es % sobre el valor de venta real, un 6 % estaria bien, no se cuanto vale el bien.
si es cobre valor fiscal minimo el 10 %.

siempre todo mas gastos y aportes
 #463830  por DraMaricel
 
ok, mas o menos es lo que había pensado... pasa que no quería exagerar....
De gastos REALES, al márgen de los de inicio (que le puedo pedir $300 o $350.- para pagar ius, bono, etc.) cuanto tendrá??? una idea... por el tema de la inscripción, digo....
gracias una vez mas...
saludso
 #463869  por diegogvillamayor
 
los gastos anda pidiendolos a medida que van surgiendo porque suelen cambiar, aumentar.
en si tenes bono 23, ius 65, edictos 100/150 mas o menos dependiendo del diario, despues tenes los informes a razon de 60/100 dependiendo de la gestoria que te los haga (inhibiciion, cesion, dominio y catastro), luego cedula catastral entre 500 y 700 dependiendo del valor del bien.
tasa y sobre tasa.

creo que nada mas.
 #464695  por diegogvillamayor
 
hola, tasa y sobre tasa los pagas cuando tenes la cedula catastral que es la que te da el valor del bien....
 #464962  por DraMaricel
 
diegogvillamayor escribió:hola, tasa y sobre tasa los pagas cuando tenes la cedula catastral que es la que te da el valor del bien....
ah,,, despues de la declaratoria, cierto?
gracias
 #465332  por diegogvillamayor
 
hola, no cuando tenes la cedula catastral, ya que sin ella no podes saber el monto a pagar, la podes antes de iniciar, durante o luego de la declaratoria, cuando quieras.
una vez que la tenes la acompañar con la planilla de declaracion jurada y ahi pagas tasa y sobre tasa.
dura 3 años la cedula.
 #465360  por DraMaricel
 
diegogvillamayor escribió:hola, no cuando tenes la cedula catastral, ya que sin ella no podes saber el monto a pagar, la podes antes de iniciar, durante o luego de la declaratoria, cuando quieras.
una vez que la tenes la acompañar con la planilla de declaracion jurada y ahi pagas tasa y sobre tasa.
dura 3 años la cedula.
ups... y entonces... como hago eso? la cédula, cuanto sale???? es una por cada bien, obvio, no? je. y que tan diferente es el monto q surje de ahi al del valor fiscal, digamos????

muchas gracias!!!!
 #465397  por diegogvillamayor
 
hablamos de provincia no?
porque si es capial no es obligatoria, en provincia si, es la que te da el valor fiscal del bien.
si varia mucho de lo que dice la boleta de arba, depende de cada bien. si fue modificado y no se declaro y demas.
lo hace un agrimensor. y sale entre 500 y 700 mas o menos.

si es capital, va el valor real si pactas eso o lo que dice rentas.
 #465414  por DraMaricel
 
diegogvillamayor escribió:hablamos de provincia no?
porque si es capial no es obligatoria, en provincia si, es la que te da el valor fiscal del bien.
si varia mucho de lo que dice la boleta de arba, depende de cada bien. si fue modificado y no se declaro y demas.
lo hace un agrimensor. y sale entre 500 y 700 mas o menos.

si es capital, va el valor real si pactas eso o lo que dice rentas.

Gracias, si, es provincia... sabes lo que pasa... éste cliente me está pidiendo costos (de la sucesión) fuera de los honorarios... aproximados.... y me cuesta dárselso.... se me facilitaba todo si era sobre el valor fiscal.. pero si la cédula catastral es la que me da el valor fiscal... me cambia todo... hasta que consiga un agrimensor y todo.... como puedo hacer para calcular gastos???
vos como te manejas.. tengo el valor real aproximado pero no el de la cédula catastral???????
Yo saco la cuenta de: la publicación de edictos... en el boletin, el diario, ius, bono... ahi me quedo... puedo averiguar certificados de dominio, de anotaciones persoonales (inhibición y cesión), valuacion fiscal (arba), pero no la tasa y sobre tasa.... que hago???
gracias"!!!
saludos
 #465435  por diegogvillamayor
 
le pasas a modo aproximado la tasa y sobre tasa segun lo que dice la boleta de arba, pero le dejas bien claro que el valor final fiscal del bien lo da un agrimensor, con la cedula catastral. Es lo que hacemos todos.
o primeron mandas hacer la cedula y listo.
ahora si la casa esta tal cual lo dice la escritura y el plano no va a variar (mucho) el valor. hora si figura como una casita de 2x2 y tenes una casa de 3 pisos, el valor obviamente va a cambiar.
no se donde esta la propiedad pero menos de 60.000 pesos nunca tuve ninguna. CApaz te sirve de parametro.

saludos.
 #466561  por DraMaricel
 
Ok, muchas gracias! le voy a sacar la cuenta de gastos, entonces, con los valores fiscales de la propiedad y le aviso que puede variar (de acuerdo a lo que me explicaste, gracias!!).
Ahora, yo le pedí que me alcance las boletas de arba, para conseguir los valores fiscales, me surgen de ahi?? sino, como hago para obtener esos montos???
un millón de gracias"
saludos
 #466619  por diegogvillamayor
 
en la boleta de arba estan.
 #466891  por DraMaricel
 
diegogvillamayor escribió:en la boleta de arba estan.
un millón de gracias!! cuando me las traiga (ya se las pedi) las busco!
saludos .