Estimados Colegas: Un cliente no certificó adecuadamente la antigüedad de un trabajador y, como consecuencia de ello, el empleado (que renunció y comenzó a trabajra en otro lado) no está percibiendo la antigüedad prevista por convenio. Se le quiere certificar la antigüedad pero reclama también lo que dejó de percibir en el nuevo empleo como consecuencia de esa falta de certificación ¿el SECLO homologaría un acuerdo donde se previeran esos daños y perjuicios?. Muchas gracias!