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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #36739  por viryin
 
Hola! Mi consulta es la siguiente: A una clienta la despidieron sin causa hace 1 mes, y le pagaron la indemnización en forma extrajudicial. Le pagaron todos los rubros que correspondían, pero no se incluyó la doble indemnización, Es decir, el 50% por despido sin causa. Mi pregunta es: ¿Tengo que reclamarla? Muchas gracias
 #36744  por klaudia7
 
viryin escribió:Hola! Mi consulta es la siguiente: A una clienta la despidieron sin causa hace 1 mes, y le pagaron la indemnización en forma extrajudicial. Le pagaron todos los rubros que correspondían, pero no se incluyó la doble indemnización, Es decir, el 50% por despido sin causa. Mi pregunta es: ¿Tengo que reclamarla? Muchas gracias
Hola viryin, tu clienta en que año empezo a trabajar?
Saludos.
Klaudia.

 #36745  por viryin
 
En el 2004

 #36871  por TORDO
 
si comenzo en el 2004, no le corresponde la aplicación del Art 16 de la ley 25.561 y sus dec reglamentarios.-

suerte

 #36873  por Pipi
 
Salvo que la incorporacion del empleado haya implicado aumento de la dotacion de la empresa....

 #36895  por viryin
 
No me darías el número de decreto que pone fin a la doble indemnización? Muchas gracias

 #37004  por anasuar
 
No hay ningun decreto que haya derogado la doble indemnizacion, casualmente esa es la discusión del momento entre los empresarios y los sindicatos. Algunos sostienen que la derogación fué automatica, por el solo hecho de que el indice de desocupación - según el Indec es del 8.7 %- haya bajado a un digito; otros que hace falta una norma expresa que la derogue. Pero hay que tener en cuenta que el Indec considera como "ocupados" a los beneficiarios de los planes sociales, sin ellos el indice es del 10.1 %. Aparte la Ley de Contrato de Trabajo estipula que"en caso de duda, debe aplicarse la norma más favorable para el trabajador"...En sintesis, la indemnización agravada del 50% continúa vigente para aquellos trabajadores que ingresaron antes del 31 de diceimbre del 2002 o despues, pero sin que se haya aumentado el plantel laboral.

 #37113  por Galatea
 
viryin escribió:No me darías el número de decreto que pone fin a la doble indemnización? Muchas gracias
Hola: Te comento - por si te sirve- que si bien el Dec. Nº 2639/2002, excluye de la aplicación del art. 16º in fine, de la ley 25.561, prorrogada por Dec. 883/2002 a aquellos trabajadores que se incorporren en relación de dependencia a partir del 1º de enero de 2003, siempre y cuando la incorporación d elos mismos represente un aumento en la plantilla total de trabajadores que el empleador poseia al /12/2002.
Para contestar yo utilize fallos de la CSJN (243; 449;463) "Con respecto a la temporaneidad que caracteriza a la emergencia publica esta CSJN entiende que como resultado de las circunstancias mismas no puede ser fijada de antemano en un número preciso de años ó de meses, concluyendo que, lo que corresponde afirmar razonablemente, es que la emergencia dura todo el tiempo que duran las causas que la han originado".
Saludos,
Claudia Emma

 #37824  por viryin
 
UNA PREGUNTITA MAS... EN EL CASO DE QUE YO ENVIE UNA C.D. INTIMANDO A ABONAR EL 50% QUE FALTA POR LA DOBLE INDEMNIZACIÓN Y NO QUIERAN PAGARLO. DEBO INICIAR UN JUICIO SÓLO POR LA SUMA CORRESPONDIENTE A ESE RUBRO??

 #38497  por sergiosky
 
asi es

 #38588  por TORDO
 
el punto es que por mas que envies TCL por el 50%, no sirve de nada y perderas el juicio si tu cliente ingreso en 2004.-

suerte