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  • ACUERDO TRANSACCIONAL. MUERTE EMPLEADO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #466742  por andy95
 
HOLA A TODOS NECESITO QUE ALGUIEN ME DIGA QUE ME CONVIENE HACER EN ESTE CASO: SE HA CELEBRADO UN ACUERDO TRANSACCIONAL PARA DESVINCULARSE DE LA EMPRESA. PERO PASADO UNOS DIAS EL EMPLEADO FALLECE SIN QUE SE HAYA PRESENTADO A HOMOLOGAR DICHO ACUERDO. CUALES SON LOS PASOS A SEGUIR. PRESENTO DICHO ACUERDO Y SE PRESENTAN LOS DERECHOHABIENTES O ESTE ACUERDO NO TIENE VALIDEZ PORQUE EL TRABAJADOR NO PUEDE RATIFICAR EL ACUERDO EN TRIBUNALES? O SIGO EL CAMINO HABITUAL Y RECLAMO TODOS LOS ITEMS QUE EXISTEN POR CASO DE MUERTE?
 #467752  por andy95
 
El acuerdo de disolucion de vinculo laboral es en provincia de buenos aires, se firmo en estudio juridico, preparado para presentar a homologar judicialmente, con carta poder y poder general de parte del abogado de la empresa, antes de la presentación judicial fallece el empleado. surgiendo la duda de si ese acuerdo es valido pese al fallecimiento, o ha quedado sin efecto.
 #467755  por DAL
 
Cobro en efectivo o cheques???
Yo lo presentaría igual, haciendo saber el fallecimiento posterior del trabajador.
Los herederos lo cuestionarán o no, pero dirimís la cuestion ahora y no más tarde en el juicio laboral. Es más quizá la familia sabiendo que el trabajador acaba de cobrar no cuestione nada ahora, pero en un tiempo sí.
 #468293  por andy95
 
GRACIAS DAL, BUENO MAS O MENOS ERA LO QUE PENSABA, EL PAGO ES POR MEDIO DE DEPÓSITO EN CUENTA JUDICIAL EN EFECTIVO. EN CUANTO A LO QUE ME DECIAS DE LOS HEREDEROS COMO PUEDEN CUESTIONARLO AL ACUERDO, A QUE TE REFERIS A QUE SE ARREPIENTAN? CUAL SERÍA ENTONCES EL EFECTO DEL ACUERDO SI LO CUESTIONAN LOS DERECHOABIENTES SI YA ESTA PRESENTADO EN TRIBUNALES? PUEDEN DESCONOCER EL ACUERDO Y HACER UN JUICIO POSTERIOR
 #468487  por DAL
 
En mi jurisdicción nostros bajo ningun concepto hacemos acuerdos privados, todos son siempre en Tribunales o Ministerio de trabajo, con la sola excepción del 241 que se puede hacer por escribano. Asi que jamás presentamos a ratificar firma.
Si el pago es por orden judicial, es porque no cobraron, no????
Yo lo presentaría, haría saber que falleció, que vengan los herederos y cobren así la transacción se mantiene hecha como la hizo el causante. Caso contrario corresponderá la del 248 LCT.
 #468866  por andy95
 
Ok. Dal. fuiste de mucha ayuda. el acuerdo se presento en tribunales esta semana.- A pesar de que el fallecimiento fue anterior. El pago no se hizo todavia la empresa requiere homologación judicial.- estamos en contacto con herederos y conyuge, esto era un 241, el problema ahora es el de la disconfomidad de los derechohabientes con el acuerdo firmado por el causante, plantean hacer reclamo judicial por 248.- Sigo con procedimiento de homologacion, pero estoy en una situacion de desproteccion en cuanto a mis honorarios y trabajos realizados; sin bien tengo carta poder del trabajador fallecido voy a necesitar si o si de los derechohabientes.-si podes aportar algo mas en base a lo que te mando, agradecida de antemano.-
 #469373  por DAL
 
Te regulan honorairos??? tenes un procedimiento de regulación de honorarios por trabajos extrajudiciales??
Si en el tramite de homologación no te regulan, o te regulan poco, podés pedir una regulación por trabajos extrajudiciales. Se presenta un expediente al juez, detallando los trabajos que se hicieron para el cliente, con documentación (telegramas enviados, confección de liquidaciones, reclamos, audiencias, etc. etc.) Se le pide al juez que regule honorarios, en tu caso atento al fallecimienot del cliente, que por morirse no pudo pagar. Así tenes un credito contra el patrimonio del fallecido, y lo podrías cobrar embargando el credito del laboral o cualquier bien de la sucesión. Incluso pedir un legitimo abono en la sucesion.
 #470596  por andy95
 
UNA CONSULTA MAS. TENGO PRESENTADO EL ACUERDO Y TENGO DOCUMENTACION DE LOS HEREDEROS DOS HIJOS Y CONYUGE. DENUNCIO LA MUERTE EN EXPEDIENTE Y ACREDITO VINCULO DE DERECHOHABIENTES CON PARTIDAS.- AHORA ME ENTERO QUE EL TRIBUNAL TIENE COMO REQUISITO PEDIR DECLARATORIA PARA ACREDITAR DERECHOHABIENTES. PUEDE SER ESTO???.- TENGO FORMA DE DEMOSTRAR TAL Y COMO LO DICE LA LEY EL DERECHO QUE EELOS TIENEN. FUNDO EL ESCRITO, ADJUNTO JURISPRUDENCIA, TENGO POSIBILIDAD DE EVITAR LA DECLARATORIA???.-
 #470630  por DAL
 
Yo diría que esperes y veas.
En todo caso inicia rapido la declaratoria y hacé un nombramiento de administrador y fijate si dejan que el administrador de la herencia cobre con cargo de rendir cuentas en la sucesión.