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  • NO ME RECIBIERON TELEGRAMA QUE HAGO!!!

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #467669  por dachu
 
HOLA DRES COMO ESTAN, SIEMPRE ME SON DE GRAN AYUDA.
TENGO UN CASO DE UN SR QUE TRABAJO EN BLANCO EN UN EDIFICIO DE MANTENIMIENTO 14 AÑOS. LO SUSPENDEN VARIAS VECES NUNCA RECHAZO LAS SUSPENSIONES Y HOY ACTUALMENTE LO DESPIDEN ALEGANDO QUE SE CUMPLIO TIEMPO ESTIPULADO POR LEY EL PLAZO DE 30 DIAS. COBRA LIQUIDACION FINAL POR DESPIDO CON JUSTA CAUSA $ 4000, POR LOS 14 AÑOS.
A TODO ESTO NO HABIA VENIDO AL ESTUDIO APARECE AL MES CASI.
YO,CONTESTO LA CARTA DOCUMENTO QUE LE ENVIO EL CONSORCIO DE PROPIETARIOS Q LO DESPIDIO, RECHAZO TODO , DESPIDO INCAUSADO SOLICITO INDEMNIZAC, MULTA LEY 25323 ART 2 ART 80 LCT. Y EL TEMA ES QUE NO ME RECIBIERON EL TELEGRAMA SE DEJO 2 AVISOS DE VISITA.
QUE HAGO AHORA?
TENGO QUE REITERAR ESE TELEGRAMA DENUEVO AL CONSORCIO PORQ NO SE NOTIFICO?
QUE LES PARECE SI TAMBIEN MANDO ESE TELEGRAMA AL ADMINISTRADOR DE CONSORCIO?
POR FAVOR QUE ME ACONSEJAN QUE DEBO HACER?
Y COMO LO TENDRIA QUE RELATAR?
DESDE YA LES AGRADEZCO POR SU AYUDA.
MIL GRACIAS.
 #468038  por Sibyla
 
::::::::::

tengo entendido que si un trabajador esta en blanco, y si envias un telegrama a la direccion que figura en boletas de sueldo, pues se entiende que esta validamente y fehacientemente intimado el empleador, por mas que no reciba los telegramas...? y la cosa se resuelve en juicio.-

( pero aguarda otras respuestas,. pues soy novata en laboral.. jejeje y hasta ahora solo tuve trabajadores en negro,o)

ahora digo,. no entiendo por que dicen que paso 30? dias, lo intimaron a reingresar a tareas laborales y el no se presento? todo tiene que ser por escrito, las intimaciones que haga el empleador, si no hay nada ..entonces yo negaria todo , diria que me impidieron ingresar al lugar de trabajo y que me aclaren situacion laboral .-.

::::::::. saludos
 #468296  por JoMarch
 
HE POSTEADO UN TEMA SIMILAR Y DAL ME CONTESTO ESTO.

Reporta este postResponder con cita Re: TELEGRAMAS NO RECIBIDOS
por DAL el Mie Nov 18, 2009 10:00 pm

Si mandó el TCL a la dirección correcta esta indirectamente despedido ANTES de despedido directamente, se haya o no se haya notificado la empresa. Ahora si tuvo razón en considerarse despedida es otra cosa.
Jurisprudecia hay bastante, en la ley vieja de Grisolía, la ley comentada, todo el tema del ambito de conocimiento y la teoría recepticia de las comunicaciones.

SUERTE!!
 #468321  por nataliaiori
 
Te dicen que pasaron 30 dias, porque es el plazo para impugnar la suspension y, al no haberlas impugnado, lo despiden con causa. Fijate si hay algo de jurisprudencia respecto de que quede el consorcio notificado por no haber pasado a retirar por el correo el telegrama que enviaste (entiendo que si). Otra alternativa que se me ocurre es reiterar el telegrama una vez mas y, si tampoco lo reciben, seguir adelante y seguir mandando telegramas haciendo efectivo el apercibimiento por el que intimaste e iniciar las acciones legales. Pero primero armate de jurisprudencia para que te prospere la demanda.
Saludos.