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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #469313  por olsi
 
ESTIMADOS COLEGAS! TENGO UN ACUERDO HOMOLOGADO, EN EL MINISTERIO DE TRABAJO, DELEGACION PILAR, DESDE EL DIA 24/11/2009, POR DESPIDO INJUSTIFICADO. EL TEMA ES Q EL ACUERDO DICE Q EL DEPOSITO DE DINERO SE TIENE Q HACER EN EL BCO PROVINCIA, DENTRO DE LAS 48 HS DE "HOMOLOGADO EL ACUERDO", CON LO CUAL EL PLAZO YA ESTARIA CUMPLIDO DESDE AYER. PRECISAMENTE AYER LLAMÓ EL ABOGADO DEL EMPLEADOR DICIENDO Q ÉL YA TENIA EL DINERO EN SU PODER, PERO Q HOY EL MINISTERIO ESTABA CERRADO, Y NO PODIA RETIRAR UN FOMULARIO PARA HACER EL DEPÓSITO, Y EL LUNES TAMPOCO PODÍA POR RAZONES PERSONALES. PUÉS BIEN, YO HOY LLAMÉ AL MINISTERIO Y NO ME ATIENDEN ASÍ ES Q PUEDE SER Q ESTÉ CERRADO, PERO Q TAMPOCO PUEDA HACERLO EL LUNES, ME PARECE UN ABUSO, TENIENDO EN CUENTA LA NECESIDAD DEL COBRO DE LOS HABERES, SOBRE TODO PARA UNA MUJER DESOCUPADA, Y CON UN HIJO A CARGO.- EL ACUERDO DICE Q ANTE INCUMPLIMIENTO, LA PARTE DEBERÁ PAGAR EL 1% DE INTERÈS DIARIO, O Q TAMBIÉN SE PUEDE PEDIR EL PAGO TOTAL DEL ACUERDO, YA Q ESTE ACUERDO FUE ARREGLADO EN 3 CUOTAS.-
LA PREGUNTA ES: CÓMO Y DONDE EXIJO EL PAGO DE LOS INTERESES, Y CÓMO Y DONDE DEBERÍA PEDIR, EN SU DEFECTO, LA CANCELACIÓN TOTAL DE LA DEUDA??? SI INICIO LA EJECUCIÓN TANTO DE LOS INTERESES COMO DEL TOTAL DEL PAGO, LE ESTARÍA IMPONIENDO A MI CLIENTE, UN LARGO TIEMPO DE ESPERA PARA EL COBRO, O ES ALGO Q TRAMITA RÁPIDO, YA Q ESTO ES FUNDAMENTAL!!!! D
DESDE YA AGRADEZCO MUCHISIMO SU APORTE!!!!