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  • AMPARO O DAí‘OS DIRECTO QUE PIENSAN UDS?

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 #37492  por "doctoraZA"
 
Hola saludos a todos mis colegas, soy una abogada de "estreno" en la profesión, y por tal motivo quería compartir con uds el caso que pronto tendré que resolver; Carlos es un chico que actualmente tiene 20 años, cdo tenia 16 fue discriminado por la institucion a la que asistía, literalmente le dijeron frente a todos sus compañeros, que era UN NEGRO DE M...., a raíz de ello jamas fue respetado ni por sus compañeros ni por el resto de los profesores,debido a esto tuvo que asistir 2 años a una terapeuta particular, los casos de discriminación en ese colegio continúan aun hoy en día.pero sus padres no iniciaron acción legal alguna en aquella oportunidad, la pregunta es: 1)Si bien la acción por daño moral prescribe a los dos años de cometido el hecho, carlos se encontraba impedido por edad de reclamar sus derechos, puedo entonces invocar el art del cciv, que dice que los jueces estan obligados a liberar ..... de los efectos de la prescripción cumplida durante el impedimento art 3980?, de ser asi de acuerdo a sus experiencias en la práctica seria esto viable??? 2) Que conviene mas, iniciar un amparo, y luego la acción por daños, viceversa, o lo primero carece de sentido?y porque?
desde ya muy agradecida de ser parte de sus opiniones las cuales espero me clarifiquen un poco la situación,ATTE
:D :shock: :D

 #37513  por diegogvillamayor
 
hola como estas, si tiene 20 todavia es menor por ende deben inicar la accion sus padres. Y me parece por lo que describis que no es el echo este.
En cuanto al amparo para que?? con que fin que es lo que qures ampar??

art 3980: Cuando por razón de dificultades o imposibilidad de hecho, se hubiere impedido temporalmente el ejercicio de una acción, los jueces están autorizados a liberar al acreedor, o al propietario, de las consecuencias de la prescripción cumplida durante el impedimento, si después de su cesación el acreedor o propietario hubiese hecho valer sus derechos en el término de tres meses.

Si el acreedor no hubiere deducido la demanda interruptiva de la prescripción por maniobras dolosas del deudor, tendientes a postergar aquélla, los jueces podrán aplicar lo dispuesto en este artículo.

Me parece que este art no tiene nada que ver con lo que planteas.

saludos
 #37516  por "doctoraZA"
 
Hola Diego , antes que nada gracias por la respuesta, el punto es si sus padres no interpusieron la acción, que otro modo tenia este chico de defenderse? acaso esto no es una imposibilidad de hecho? es por ello que plantee ese art, claro que es una cuestión de interpretación,el esta dispuesto a los 21 años a iniciar la acción, lo del amparo viene por el lado de que esta probado que los actos discriminatorios continúan en ese lugar, pensé que eso podría reforzar la acción de daños,sin embargo vuelvo a repetir, tomalo como un pensamiento en voz alta, carezco d experiencia y por eso recurro a uds, solo pido que las respuestas sean fundadas para poder entenderlo mejor, como lo resolverias vos por ej?gracias saludos :D

Re:

 #37527  por jimena
 
El amparo en este caso no va a ser viable, pq no tiene razón de ser. No hay derecho a ser amparado como dice el Dr.

En cuanto a la demanda de daños, no sólo para mi, estaria prescripta, sino que ademas tendras q probar q ese hecho de decirle Negro de m... es el que le generó el daño. Que decis tiene o tuvo.

Es complicado el tema de demostrar la causalidad. Porque obviamente habrá pericia de por medio.

Decis que la discriminación todavia existe en ese lugar, pero decis que ese chico ya se fue de ahi, por lo cual no te refuerza nada (un amparo), dado que en la demanda de daños no tenes que demostrar q ahi hay discriminación, sino que a él por haber sido discriminado se le generó un daño.

 #37554  por diegogvillamayor
 
si vos consideras que hay discriminacion tenes las leyes que amparan este tema por ende el amparo no va.
En cuanto al daño, como probas que le dicen o dijeron negro de mi...., testigos no vas a tener porque los mismos testigos son los que se lo dicen.
Ademas decis que por la discrimanacion tuvo o sea que no asiste mas a terapia, por en el daño paso hace mas de dos años, ya que tenia 16 cuando paso, fue a terapia hasta los 18 y ahora con 20/21 quiere inciiar???? no me parece viable, paso mucho tiempo.
Ademas tiene 20 años y sigue llendo al colegio???? tiene problemaS????
Quien le dijo negro de m.......????
Como probas un echo de hace mas de 4 años?????
Y el art que transcribi me parece que no se aplica a este caso, es mas es claro habla de acreedor y propietario, y no creo que se aplique para este caso.

fijate capas encontras jurisp o doctrina que lo justifique.

Independientemente asi una cuestion mia, no creo que por que alguien le dijo negro de mi..... haya sufrido un daño psicologico, sino media argentina estaria igual. O sea debe haber tenido mas problemas uq esto.

saludos

 #37625  por Natalia Huerta
 
Buenas:

Lamentablemente el hecho estaría prescripto, y no podes manifestar que el era menor de edad porque por eso estan los padres que ejercen la patria potestad y quienes debieron iniciar en su momento las acciones pertinentes.

Saludos

 #37635  por "doctoraZA"
 
Hola a todos de nuevo, si verdaderamente el tema se presta a controversia, gracias por sus opiniones, quiero contestarle a Diego; 1) La discriminación provino de una profesora.2) el hecho se puede probar por los compañeros y amigos de la actualidad.3) la discriminación no solo se baso en decirle negro de m..... sino que se lo excluía de actividades grupales en el aula., razón por la cual se cambio de colegio.3) otro compañero en sillas de ruedas fue discriminado por la misma profesora, quien a modo de burla lo insisto a pararse!!!!, el colegio ya tuvo juicios por discriminación.La situación es realmente delicada, y este chico en verdad padeció mucho, pero recién a los 21 puede iniciar acciones,SE que la acción prescribió, por eso pense en ese art, aunque solo mencione acreeedores o propietarios, los jueces no atenderían al espiritu de la ley?, pque solo acreed o propietarios estarían a salvo de los efectos dela prescripción, que diferencia hay con carlos, acaso la ley no debe ser igual para todos?, sin animo de desmembrar la norma, se les ocurre algun art mas adecuado para invocar, si es asi por favor haganmelo saber, cariños a todos...... :D

 #37639  por diegogvillamayor
 
hola como estas, tal cual como te indican no es que no pudo ejercer la accion sino que las personas que debian inicarla por el no consideraron hacer nada.
Es decir para los padres no hubo daño.
Hablando del espiritu de la ley lee en que contexto esta puesto ese art, y ahi tenes el art de la ley, sino podes buscar los considerandos digamos del CC.
Yo viabilidad no le veo, ya que jamas se lo privo del reclamo sino que no se hizo. Es mas el podria haber ido a una defensoria e iniciar el reclamo si sus padres no reclamaban por el.
si la mujer esta sigue discriminado si podes poner un reclamo en la secretaria de educacion o sino denunciarla en los organizmos correspondietes a la discriminacion.
Pero te repito, por decir negro de mi.... o no incluir a un alumno en actividades de grupo no veo el daño, es mas si los compañeros lo cargaban o lo molestaban no era por lo que decia la maestra. Opinion mia simplemente.

saludos

 #37854  por "doctoraZA"
 
Hola DR Villamayor, creo que ha esgrimido un buen punto, en eso no habia pensado me amplio mi perspectiva, se lo agradezco, y del mismo modo que Ud Lo vio bien podria hacerlo un juez,para rechazarme la demanda ( que mejor excusa no?con tal de no trabajar!!!)pero aun quedan puntos que no puedo dejar de considerar para dar por resuelto el tema ( al menos para mi)Ud señala que el menor debería haber acudido a una defensoría para que ejerzan sus derechos y que por tal motivo se trato de inacción y no de imposibilidad,tal como lo señala la norma, la pregunta es se puede atribuir este tipo de responsabilidad al menor?, que obligación tiene este de saber que es lo mejor para si?quizas no tenga viabil.idad la accion en la práctica pero desde un punto de vista dogmatico es cien por cien discutible verdad?saludos a todos los foristas y gracias por sus opiniones!!! :D

 #37874  por diegogvillamayor
 
considero que ocn 18 años, ya puede saber lo que le convien o no , independienteme que la mayoria de edad sea 21, hoy en dia una persona de 16 en adelante o menos capaz, puede decidir ir a una defensoria solo. o buscar la ayuda correspondiente. El no busco los medios necesarios para ejerce la accion.
o sea como se le ocurrio con 20 buscarla????? es menor, no se le podria haber ocurrido antes, si pero no lo hizo, no lo necesito.
ademas concurrio a buscar ayuda psciologica, pero no legal.

para mi no es viable. Pero de ultima si no quiere decir que noy tampoco jugarse meta una mediacion y listo.
una privada, que no genera responsabilidad ni nada.
capas saca alguna moneda.
eso hacemos cuando vemos un caso complicado sinposibilidades casi, metemos una mediacdion y vemos que pasa pero no mas.

saludos

 #37892  por "doctoraZA"
 
Dr como esta? bueno he leido sus respuesta, en verdad aprecio los consejos, son todos igual de importantes para mi, tanto los suyos como los del resto de los foristas... respecto la soluciin de la mediación, si es una posibilidad, pero quisiera que no se desvirtúe el motivo de mi consulta, no se si es porque soy nueva y en unos años con la cuestión un poco mas mecanizada, tenga otro punto de vista, pero al menos hoy por hoy mis motivos van mas allá de obtener un beneficio monetario, podría decirse que es una cuestión mas altruista que el dinero,( no voy a ser hipócrita pues no reniego del dinero) sólo me apeno la situación de este chico y la verdad no dejo de considerarlo una injusticia y abuso por por parte de quienes tenian el deber de ampararloy forjar un buen adulto, no uno lleno de resentimiento social por una cuestion racial, pero en definitiva esto es una apreciación mía, algo que linda mas con lo moral que con lo jurídico. Aunque espero que puedan ir de la mano. saludos ..... :)

 #37915  por diegogvillamayor
 
hola dra, es que ahi esta el problema, cometi un error que no se puede en esta profesion, sintio. Creo que no se puede mezclar la injusticia que se siente con la justicia digamos.
Si es injusto que traten asi a esta persona si, es obvio. esta pesimo.
Pero la justicia tiene sus plazos perentorios y se supone que todos la conocen.
Yo creo que hay un error por parte de los padres o capas que ellos no consideraron importatente reclmar nada porqeu no lo vieron con chances.
Y el durmio, lamentablemente es asi.
en la carrera va a ver millones de injusticias.
Pero nunca olvide que esta la verdad real y la verdad juridica. Lo que no esta en el expediente no existe, lo que no se puede probar no existe.
Muchas veces va a tene que defender cuestiones raras, y va a ganar y otras va a defender cuesteiones simples q uno dice esta persona tiene derecho esta mal que pierda o esta mal que no le den la razon y capaz pierde.
Consejo, no mezcle, mis sentimientos quedan en la puerta del estudio y hago familia, imaginese si siente lo que le pasan a mis clientes. me mato, veo y escucho cada cosa.

a su disposicion doc.

Ahora otra pregunta si no hubiese plata de por medio, el chico este haria el reclamo, si gana solo unas disculpas el reclama? si fuese gratis usted lo representaria????
Yo clientes que no quieran $$$$$$ nunca tuve. He trabajado " gratis " o por poco, cuando veia una injusticia, pero de eso lamentablemente no se vive.

saludos doc
 #37973  por Pandilla
 
Holis, "doctoraZA", supongo, una opción para plantear la ¿excepción ante la prescripción ? sería que al momento del hecho y las condiciones de poder iniciar la presentación de la demanda, la persona no estaba en un estado de pleno uso y gose de sus facultades mentales y espírituales, (de hecho, en ese parte del período, ¿no estaba en tratamiento psicologico?), y que, a su vez, "ese estado" implicaba una reducción en su capacidad de respuesta física, y bla, bla, bla. Ahora, uno de los inconvenientes de esta opción es que el juez puede llegar a decir: "Bueno, y los padres, ¿también estaban impedidos de actuar o de accionar?", (por ese lado, se corre el riesgo de que los padres puedan recibir alguna especie de amonestación). Pero, podían, según su formación humana o cultural, sentir una especie de "Temor" hacia alguien que es, socialmente hablando, "Algo" o hacia "La Institución". Así que, ¿qué tal te vienen los artículos 954 y 1071 del Código Civil de Argentina?, ¿qué tal te vienen La Declaración de los Derechos del Niño, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional sobre los Derechos Civiles y Políticos, y la Convención Contra el Racismo y la Discriminación?.
Por otro lado, es cierto, creo esta en el artículo 20 del Código Civil de Argentina, la Ley se presume conocida por todos, pero, ¿dónde dice que la Ley se presume es Entendida, o Comprendida por todos? (y antes de que ladren, si hasta los jueces, en no pocas ocasiones, sobre una misma Ley o artículo de una Ley, tienen interpretaciones distintas u absolutamente opuestas).
En fin, cosas que se piensan.

Saludos y que sigas bien, El Honorable Pandilla :lol:

 #38021  por diegogvillamayor
 
hola que tal, no te voy a ladrar. pero me parece que con lo de la ley le pifiaste. Si tenemos jueces burros es una cosa, pero el art es claro la ley se presume conocida por todos. Si los padres no actuaron el podia ir al ministerio publico, o defensoria o algun lado y no fue. Con 20 años va a ver un abogado con 19 lo podria haber echo.
No ataques ese art porque es una base fudamental del dercho y no vas a ganar bajo ningun concepto, sino tiras toda la estructura juridica.
Ademas para probar que no estaba en sus cabales como dicen esta persona tendria que haber sido internada, y aca solo se habla de un mero tratamiento psicologico, por lo que entiendo no quedo incapaz, sino le cayo mal y necesti ayuda psicologica.
Ademas como van a amonestar a los padres??? que los van a poner en penitencia? le van a sacar l a patria potesda???? Lo de la amontestacion no corre creo. Cada uno cuida como quiere dentro de la ley a sus hijos y si ellos consideraron por el bien de su hijo n o hacer nada porque años despues un juez va a decir que se equivocaron, con que bases???
Y si la ley no es entendia por todos es problema de cada uno, uno interpreta las leyes, pero hay leyes que no se interpretan que se aplican y punto.
Que acto es el que pretendes anular con el 954?????, pensas pasar a la inaccion por dolo? violencia ? error? intimidacion o simulacion?? como lo probas???
y el 1071 ni hablar no se como lo aplicarias. Cual fue el abuso de dercho???


pero bueno cada uno tiene sus posturas, sigo incistiendo si no estas segura tira la mediacion capas sacas algo.

sludos

 #38040  por "doctoraZA"
 
Estimado Dr; nadie duda ni pone en tela de juicio su basta experiencia en la profesión,creo que eso esta claro, igualmente no creo que eso lo faculte a esbozar formulas sobre el comportamiento de los clientes; es cierto que muchos " se apiolan" respecto una determinada situación para obtener $$$$, pero no todas las personas son iguales, del mismo modo que no todos los abogados son iguales verdad?, quiza no pueda darse muchas mas vueltas a la cuestión como ud dice, porque para eso esta la prescripción, ( aunque sigo pensando que el caso que nos ocupa, deberia ser una excepcion)sino los derechos serian eternos En este caso particular por su condicion de "negro" este chico fue discriminado en un boliche bailable hace poco tiempo y para "su sorpresa" se conformo con las "disculpas" del dueño del lugar. espero que eso conteste su pregunta de"si no hubiese plata de por medio, el chico este haria el reclamo, si gana solo unas disculpas el reclama?, creo que desde siempre hablar sin conocimiento de causa es incurrir en la necedad!!,para ud , para mi o para cualquiera. , respecto a la pregunta de si fuera gratis ud lo representaría? y si fuera asi? sería menos abogada le pregunto yo a UD?, que tal si dejamos de hablar en tercera persona, el chico este carlos, que tal si fuera su mejor amigo. su hijo, pariente...... no intentaría ayudarlo si no hay dinero de por medio?Bueno eso queda librado ala conciencia de cada uno y se trata de un aspecto moral mas que jurídico le reitero lo dicho, En verdad no se que es lo que quiso dar a entrever con sus preguntas? las cuales sentí con cierto tinte irónico. Coincido con ud en que la verdad, solo es la verdad objetiva de los hechos, la que se puede probar, y es por ello que realice mi consulta , para determinar hasta que punto podía ser viable?, sin embargo no porque no sea viable quiere decir que el hecho no haya existido, la ley también se equivoca!!! y si todos nos conformáramos con lo escrito, seriamos meros carteros de lujo del sistema!!! por suerte no todos somos iguales, no hay nada de malo en cuestionar la norma,. creo desde mi humilde punto de vista que eso nos ayuda a crecer...... saludos
.