silva angela gladys escribió:Disculpen colegas del foro que insista con mi consulta, pero como nadie me dió su opinión, no se si no le interesó a nadie, por lo simple o por lo complicado.Así, que les vuelvo a preguntar confiando en que tal vez algún colega pueda ayudarme con su consejo: Mi cliente dio 2 cheques adelantados a una persona que le hacía trabajos de construcción, éste los dio a terceros para pagar alguna deuda, como mi cliente vio que pasaba el tiempo y no le haría el trabajo le reclamó el dinero y el constructor le devolvió el dinero de uno de los cheques, como pasaba el tiempo sin que se le devolviera el dinero del segundo cheque mi cliente lo denunció como extraviado en comisaría, el banco ahora lo intimó para que en 10 días presente en que juzgado está la causa penal y Nº de causa bajo apercibimiento de pasar el informe al Banco Central, yo pensaba en que haga una presentación espontánea, ya que aún no hay causa penal en su contra. Conviene hacer eso o esperar que alguien lo denuncie y defenderse? Seguramente lo denunciarán por el 302 CP. El Banco Central, que va a hacer con el informe, yo nunca tuve un caso así. Alguien, me puede ayudar? Muy agradecida
Hola colegaaa.... preguntas... I)- el segundo cheque...alguien se presentó para cobrarlo???... lo intimaron para que pague??? ... La mera denuncia de extravío de cheque NO genera mingún delito, por ello no puede haber una ipp... recién cuando alguien se presente a cobrar ese cheque y lo reboten en el banco estamos en la puerta de una posible estafa... todo va a depneder de si su cliente paga o no....recién a partir de allí empieza a tomar cuerpo lo penal por una posible estafa...
Mira... lo más conveniente sería que tu cliente de la orden al banco para que este pague el cheque a su presentación... pues por más denuncia de extravío que haga.... igual lo va a tener que pagar...
A mí me paso algo parecido... con la diferencia que este tercero lo intimó al pago... entonces mi cliente me vino a consultar que hacer .. ya que el cheque había salido legitimamente a circular, nada más que despues este se calentó con la persona a quien le había dado primeramente el cheque y por eso hizo la denuncia por extravío... flor de quilombo se le estaba armando...
la solución fue simple y sencilla... comunicamos al banco la orden para que pague el cheque... y con respecto a posibles responsabilidades penales y/o civiles del tenedor y/o presentante del cheque... manifestamos que hacíamos reservas de ley para ejercerlo en el momento que creamos oportuno las acciones pertinentes, y que liberabamos al banco de toda responsabilidad por el pago del mismo.... con eso NO jodieron más...
Bueno colega.... eso es lo que yo hice... queda en Ud examinar si le conviene hacer la misma jugada... pues tome en cuenta que por los principios propios de la circulación de los titulos de créditos, su cliente igual va a tener que pagar... podrá eventualmente repetir el pago... pero eso es un tema civil y no penal...
p/d: colega...muchas veces no se contesta tan rápido los post como uno quisiera... eso puede obedecer a multiples razones... pero muchas veces es porque el título del post no "llama la atención" como para abrirlo rápido... una sugerencia... cuando tenga algo úrgente... use títulos atractivos... eso hace que llame la atención para abrirlo...